Nuestros pueblos costeros.Canarias

Nuestros pueblos costeros.Canarias
Cho Vito, década de los 60

lunes, 10 de septiembre de 2012

La Justicia anula parte del deslinde de Tenézar pero deja dentro del dominio público una hilera de viviendas

La Audiencia Nacional ha anulado de forma parcial el deslinde del dominio público marítimo terrestre en el núcleo de Tenézar, en la costa del municipio de Tinajo, “por falta de justificación”. La sentencia saca del deslinde a un buen número de viviendas aunque mantiene dentro a una hilera de casas que “se han levantado sobre terrenos naturalmente inundables”.




El deslinde del dominio público marítimo terrestre, que entró en vigor a través de una orden del Ministerio de Medio Ambiente el último día del año 2008, afectaba a unos 320 metros de la costa de Tenézar. El Ayuntamiento de Tinajo presentó un recurso contencioso que ha sido en buena medida admitido por parte de la Audiencia Nacional.

Así, la Audiencia diferencia en la sentencia tres tramos del deslinde: una zona de acantilado en la parte oeste del pueblo (que anula), la parte central del núcleo costero (que en parte anula y en parte mantiene) y un acantilado hacia el este (que mantiene). El deslinde de 2008 incluía dentro de dominio público un total de 21 viviendas.

Sin embargo, en la resolución judicial se considera que hay que anular el tramo hacia el oeste (entre los vértices 20 y 26, definidos en la imagen superior). La Ley de Costas establece que en una zona de acantilados los mojones hay que colocarlos en su parte superior, aunque determina una inclinación mínima de los terrenos de 60 grados sexagesimales para tener tal consideración de acantilado.

En el caso de este tramo costero de Tenézar, aunque por su geomorfología pueda ser considerado como un acantilado, desde el punto de vista del “concepto legal” fijado en la Ley de Costas no lo es por no tener la inclinación suficiente, tal y como admitió el propio Ministerio de Medio Ambiente y resaltó el informe pericial encargado.

¿Nuevo deslinde?

La Audiencia Nacional aclara que la anulación de este tramo del deslinde se produce “sin perjuicio de que la Administración pueda realizar un nuevo deslinde” en el que se justifique “la concurrencia de las características” del dominio público exigidas por la Ley de Costas, como que haya llegado el agua del mar.

En ese sentido, en la documentación del deslinde de Tenézar la Dirección General de Costas apunta que en el citado tramo, ahora anulado, se observan viviendas que “se han consolidado sobre rellenos artificiales que a su vez se sostienen mediante muros de contención y que se han construido escaleras para acceder” a ellas, “pretendiéndose con ello evitar ser alcanzadas por el oleaje”.

Al margen

Entre este tramo de acantilado –desde el punto de vista formal aunque no legal- y el centro del pueblo, Costas trazó la línea del deslinde del dominio público de forma diagonal dejando dentro a varias viviendas (entre los puntos 26 y 27 de la imagen superior).

En cambio, la Audiencia Nacional sostiene en la sentencia que “no resulta acreditado” por parte de la Dirección General de Costas que se encuentren en una zona que deba ser considerada como dominio público al presentar “características” que “difieren de las del resto” de la parte central de Tenézar.

Las afectadas

La Audiencia Nacional sí que mantiene el deslinde en el resto del núcleo costero (entre el vértice 27 y el 31), afectando a buena parte del pueblo y a la zona de acantilados al este, ésta sin discusión con la inclinación exigida por ley y alcanzada “por el mar, observándose materiales depositados por las mareas”.

La sentencia, al mantener parte del deslinde, complica la existencia de una hilera de viviendas situadas al lado de una cancha de petanca. Considera probado que “los rellenos artificiales sobre los que se asientan y elevan las casas, los muros de contención y la barrera de protección de la escollera [...] no tienen otra finalidad que impedir la inundación natural” de la zona, y que “se constata como el oleaje actúa sobre las fachadas de las viviendas más próximas al mar”.

Más detalles

SERVIDUMBRE. El deslinde de Costas fijó la zona de servidumbre de protección en 100 metros, por ser suelo rústico, y no en 20 metros, como le correspondería si fuera un núcleo urbano. La sentencia mantiene la distancia.

PLANEAMIENTO. En el Plan General de Tinajo de 2004 se clasifica Tenézar como suelo rústico de protección ambiental cultural y costera. Que las viviendas y terrenos paguen IBI “resulta irrelevante”, según la Audiencia.





redaccion@diariodelanzarote.com



viernes, 7 de septiembre de 2012

Igueste de San Andrés recurre ante el Tribunal Supremo el deslinde de Costas

El pueblo de Igueste de San Andrés sigue con su lucha ante los tribunales para impedir que la aplicación de la Ley de Costas acabe afectando a más de la mitad de las viviendas de este pueblo costero del Distrito de Anaga.


El abogado de los vecinos afectados por el deslinde, José Luis Langa, ha manifestado que este enclave ha interpuesto un recurso "ante la sala tercera del Tribunal Supremo, contra la sentencia de la Audiencia Nacional donde sostiene que Igueste de San Andrés no tenía la condición de núcleo urbano consolidado y que no se habían acreditado suficientemente los requisitos por los que, con anterioridad a la ley del año 1988, se podían reducir los 100 metros de servidumbre de paso a los 20 metros".

En este sentido, Langa recordó que "invocaban la resolución de la Cotmac de 2007, que consideraba área urbana y que contaba con las características de consolidación para edificación y urbanización", una resolución suspendida en su ejecución judicial por un recurso de inconstitucionalidad.

El letrado expresó su deseo de que el Supremo resuelva en su sentencia en el mismo sentido que la sentencia relativa a los núcleos de Almáciga y Taganana, "con un pronunciamiento favorable a su consolidación como urbanos", pues remarcó que "sorprende que en el caso de Igueste se ponga en duda esta condición, cuando se ha repetido insistentemente que se trata de un pueblo, como demuestra su infraestructura o hechos históricos, como que ha contado con un alcalde pedáneo".

Remarcó que "esperamos que el Supremo se pronuncie en función de los mismos criterios que aplicó en otros enclaves de Anaga", pues añadió que "nuestros argumentos jurídicos y los documentos aportados son idénticos a los de la situación de Almáciga o Los Roques, pues incluso Igueste tiene más razones para que se apliquen los 20 metros".

Anteproyecto de ley

José Luis Langa indicó, por otra parte, que el borrador de anteproyecto de modificación de la Ley de Costas, en el que muchas personas depositan sus esperanzas, "no va a ser tan beneficioso para Igueste o Canarias", pues lo cuestiona hasta tal punto de que anunció que se pondrá en contacto con los representantes políticos para que formulen enmiendas al borrador, "para que haya un tratamiento especial para el Archipiélago".

Al respecto, indicó que "el máximo responsable de Costas anunció, hace meses, que habría una regulación especial para las islas, pero hasta el día de hoy, en el borrador de dicho anteproyecto, no se incluye a Canarias, comunidad que debería estar ahí por sus singularidades

http://eldia.es/2012-09-07/SANTACRUZ/10-Igueste-San-Andres-recurre-Tribunal-Supremo-deslinde-Costas.htm

jueves, 6 de septiembre de 2012

El litoral se la juega en Madrid

Los núcleos costeros canarios a los que la aplicación de la Ley de Costas amenaza con la demolición están quemando sus últimos cartuchos para que la nueva norma que el Gobierno de la Nación pretende aprobar este año los libre de acabar en el suelo. La lucha ahora es política y se va a librar en los pasillos del Congreso de los Diputados y del Senado.


El borrador del anteproyecto de Ley de Costas que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de julio no ha resultado ser tan benevolente con Canarias como muchos esperaban, principalmente los afectados. Los poblados marineros canarios continúan prácticamente en la misma situación en la que se hallaban antes de que el Partido Popular (PP) cumpliera su promesa electoral y el ministro Miguel Arias Cañete se pusiera manos a la obra en la reforma de una norma que data de 1988 y que en las islas, amén de las demoliciones ya ejecutadas, tiene amenazadas con la piqueta a unas 10.000 viviendas que están a menos de 100 metros de la orilla del mar y, por tanto, en suelo público.



Los afectados, que suman más de 150.000 en toda Canarias, tienen sus últimas esperanzas puestas en los diputados y senadores canarios, sean del partido que sean. Su idea es que cuando el documento salga, primero, del Congreso de los Diputados y, luego, del Senado los núcleos costeros del litoral de las islas estén en la futura Ley de Costas, como mínimo, en la misma posición con la que han partido otros pueblos a los que el borrador aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy incluye en un anexo de excepciones

http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=274177



domingo, 19 de agosto de 2012

«El dominio público nos ha engullido»

CALNEGRE. MURCIA.

La guerra empezó en 2005 y hasta el momento han perdido todas las batallas contra la Demarcación de Costas del Estado, que considera que el poblado invade el dominio público marítimo-terrestre. El último fracaso ha sido ante el Tribunal Constitucional, que ni siquiera admitió a trámite el recurso de amparo interpuesto por la plataforma ciudadana para la conservación del poblado, que preside Juan de Dios Martínez. El origen del problema se remonta a un deslinde aprobado por orden ministerial en 1977 y ratificado en 2005, que ha sido recurrido sin éxito por los vecinos y el Ayuntamiento en varias instancias judiciales. Las 48 viviendas afectadas se encuentran a pocos metros de la costa y ocupan áreas públicas de protección que, según la Ley de Costas, obliga a su expropiación y derribo.


Pero Martínez insiste en que «no nos hemos metido en el dominio público, algunas casas tienen más de 200 años, estaban antes de la ley. Es el dominio público el que nos ha engullido a nosotros». Las esperanzas se agotan y la paciencia también, después de siete años de lucha porque el anteproyecto de la nueva Ley de Costas que vio la luz a finales del mes de julio tampoco les favorece a priori. «Es menos lesiva para nuestros intereses pero no soluciona nada porque seguimos formando parte del dominio público y eso no nos lo quita nadie», se lamenta Martínez. Su último cartucho es la declaración del poblado como Bien de Interés Cultural BIC. La Consejería de Cultura incoó el expediente para blindar el núcleo de viviendas por su valor etnográfico, destacando su arquitectura tradicional, realizada con materiales del lugar como argamasa, algas, cantos rodados y cañas, y su antigüedad acreditada de más de 200 años, aunque ese expediente está recurrido por Costas, que considera que las casas seguirían estando en dominio público a pesar de ser BIC



http://www.laverdad.es/murcia/v/20120819/lorca/dominio-publico-engullido-20120819.html

miércoles, 8 de agosto de 2012

¿A quién quieren engañar?

El secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas, estima en más de 20.000 las afecciones directas por la reforma de la Ley de Costas, que espera que esté definitivamente aprobada a finales de este año, tras enviarla al Congreso para su tramitación en el mes de septiembre.




"Son muchísimos los afectados, no sólo propietarios, también concesionarios, además de muy distinta índole. Estamos hablando de concesiones, por ejemplo de actividades como pueden ser los chiringuitos en la playa, otro tipo de actividades hoteleras y turísticas. También hablamos de viviendas", ha explicado en una entrevista a Europa Press, al tiempo que ha asegurado que las indirectas serán "muchas más".



En este sentido, ha criticado que la vigente Ley de Costas, de 1988, generó una "importante inseguridad jurídica" tanto para ciudadanos españoles como para europeos. "Se ha comunicado al Parlamento Europeo la redacción de este anteproyecto y nos han felicitado por la iniciativa de aportar seguridad jurídica a todos los ciudadanos que se habían visto muy perjudicados por la aplicación de esta ley", ha recalcado.



A su juicio, la protección del litoral "no es incompatible con proteger a las personas, a su patrimonio, a sus viviendas, a sus negocios y puestos de trabajo, que también los hay y son muy importantes".



Por otro lado, el secretario de Estado ha defendido la transmisión de las concesiones en dominio público marítimo-terrestre. "Estamos hablando de concesiones relativas a chiringuitos u otro tipo de instalaciones de servicio para el turismo y entendemos que es perfectamente compatible la conservación del litoral", ha sentenciado para recordar que la transmisibilidad exige que el nuevo concesionario cumpla los mismos requisitos que el anterior y que se someta a los mismos plazos y condiciones vigentes.



Respecto a la demolición del hotel del Algarrobico (Almería), ha señalado que todo indica que va a tener una solución a lo largo de esta legislatura. Precisamente, Ramos de Armas también se ha referido a la llamada 'cláusula anti-albarrobico', que recoge la reforma de la Ley de Costas y que, según ha explicado, trata de prevenir que se construya, "antes de encontrar situaciones como la del Algarrobico u otras similares que obligan a la demolición, con perjuicio para todos, para el promotor del proyecto, para las administraciones y para el medio ambiente".



"Vamos a poner un cortafuegos antes. Vamos a poner una solución antes y nos vamos a dotar de un instrumento que antes no teníamos que es la posibilidad de suspender estas licencias en el momento que afecten o vulneren la Ley de costas", ha concluido.


http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-medio-ambiente-estima-mas-20000-afecciones-directas-reforma-ley-costas-20120805112308.html

DESMONTANDO SUS ARGUMENTOS.

El Secretario de Estado está tratando de manipular a la opinión publica porque la reforma que pretenden hacer, además de infumable, es inconstitucional e imposible de llevar a la práctica, y ellos lo saben.

¿Por qué no separan claramente a los propietarios de los concesionarios (inquilinos del Estado)? Porque interesa hacer creer que acaban de solucionar la inseguridad jurídica, la arbitrariedad, el abuso de poder...todo cuanto ellos mismos han denunciado en el Congreso y en el Parlamento Europeo (no confundir con la Comisión Europea como hace él).

Lo que ha hecho el PP es todo lo contrario a lo que dijo que haría, pero no debemos extrañarnos porque es su hoja de ruta.

Es sencillo desmontarle sus declaraciones.

Aumentará la inseguridad jurídica a limites insospechados.

Seis. Se introduce un artículo 13 bis que queda redactado del siguiente modo:

1. Los deslindes se revisarán cuando se altere la configuración del dominio público marítimo-terrestre. La incoación del expediente de deslinde tendrá los efectos previstos en el artículo 12.

2. Los titulares de los terrenos que tras la revisión del deslinde se incorporen al dominio público marítimo-terrestre pasarán a ser titulares de un derecho de ocupación y aprovechamiento, a cuyo efecto la Administración otorgará de oficio la concesión, salvo renuncia expresa del interesado.

La concesión se otorgará por setenta y cinco años, respetando los usos y aprovechamientos existentes, sin obligación de abonar canon.

La Administración no otorgará la concesión a la que se refiere el apartado anterior, cuando la ocupación afecte a la integridad del dominio público marítimo-terrestre.

¿Significa esto más seguridad jurídica? Todo lo contrario, si se lee con cuidado.

Dice primeramente que si se altera el dominio público se hará un nuevo deslinde.

¿Se alterará por qué o por quién? Con sólo poner un simple espigón, en un par de años, se habrá alterado el dominio público.

Quiénes compren una propiedad creyendo en las palabras de este Gobierno y estando perfectamente legal, se encontrarán con un nuevo deslinde y con su propiedad confiscada.

¿Esta es la seguridad jurídica que han logrado colar a la Comisión Europea y que están vendiendo en todos los medios de comunicación?

Ahora viene lo mejor. En cuanto hagan un nuevo deslinde, el Gobierno, sin ni siquiera darle tiempo a pensar, y mucho menos buscar un abogado, habrá convertido su propiedad en una concesión. Así, sin esperar a ver que dice un juez.

¿Qué ocurrirá si gana el recurso, después de 20 años de litigios? Pues que a lo mejor ya han hecho la recuperación posesoria y hasta le han derribado la propiedad. Es lo que se llama un hecho consumado y vaya usted a quejarse a nadie.

+ inseguridad jurídica.

Para rematarlo, dicen que darán una concesión de 75 años. O sea, que de ser legítimo propietario, le convierten de la noche a la mañana, por haber puesto un mal espigón, en inquilino en precario de su propia casa.

Y como broche de oro de esta serie de despropósitos, dicen, que a pesar de todo lo anterior, "La Administración no otorgará la concesión...cuando la ocupación (pasamos a ser okupas) afecte a la integridad del dominio público maritimo terrestre". ¿Quién lo decide? ¿Bajo que parámetros? ¿A dedo o hay que jugárselo al bingo? Esto es lo que se llama ARBITRARIEDAD, prohibida por el Art 9.3 de la CE.



Viendo el final, sobra lo anterior.

Todo, absolutamente todo es una trampa mortal para incautos, con la inestimable ayuda de la Sra Reding, cuyo fin es vender las 600.000 viviendas que pesan como una losa en todos los balances económicos.



Con esta modifición de ley, el Gobierno sólo tiene que esperar a que la gente se confíe, compren y cuando crean que están a salvo, ¡¡huy, se ha alterado el dominio público!! Nuevo deslinde y vuelta a empezar.

El resto del Borrador de la modificación de la Ley de Costas, es igual o peor.

¿A quién pretenden engañar? Para ser trilero se necesita ser más hábil.



lunes, 30 de julio de 2012

Los negocios del Anexo II de Playa del Inglés tendrán que desaparecer en 2056

Los comerciantes han recurrido varias veces a la interposición de recursos de carácter extraordinario para intentar anular esta delimitación.


El deslinde que ha sido recurrido ya en múltiples ocasiones abarca desde la playa de El Veril hasta el Faro de Maspalomas y ya es considerado firme a través de una sentencia del Tribunal Supremo (TS) emitida en 2004. Los comerciantes una y otra vez han recurrido a la interposición de recursos de carácter extraordinario para intentar anular esta delimitación. Para ello han presentado ante los tribunales pruebas como fotografías antiguas de este lugar o los planes de la administración para invertir 3 millones de euros en rehabilitar este espacio comercial construido en los años setenta. Los empresarios siguen defendiendo que el deslinde se fijó sin contar con ningún tipo de estudio científico que lo sustentara y de hecho éste no se elaboró hasta 12 años después de que se emitiera la orden que fijó los límites de los terrenos de propiedad pública. Puntos de vista que rebate el Abogado del Estado quien defiende el contenido y alcance de la orden emitida. "En el expediente de deslinde se han incorporado pruebas técnicas que justifican de forma adecuada y suficiente la demanialidad de los terrenos afectados y además tal extremo ya fue examinado y apreciado en numerosos recursos resueltos por esta Sala y por el Tribunal Supremo", defiende el representante de la Administración central. Los empresarios han vuelto a poner sobre la mesa un estudio elaborado por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria sobre las dunas que bajo su punto de vista demuestra que no son los responsables de la progresiva pérdida de arena que sufre esta playa pero que según la Audiencia debía haber sido presentado en el momento en el que se tramitaba el deslinde.




Ante la imposibilidad de que sus puntos de vista salgan adelante en los juzgados españoles la Asociación para la defensa del Centro Comercial Anexo II compareció hace un año ante el Comité de Peticiones del Parlamento Europeo, con el fin de que se examine la queja presentada en la que denuncian la aplicación retroactiva de la Ley de Costas de 1988, y la "injusta indemnización" que reciben sus propietarios por la pérdida de derechos sobre sus negocios. En este sentido, los miembros de la Asociación para la defensa del Centro Comercial Anexo II han presentado una queja que señala "la arbitraria aplicación de la ley de Costas que hace el Gobierno español y la confiscación de la propiedad con la vulneración del artículo 17 de la Carta Universal de Derechos Humanos, del artículo 17 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y del Protocolo 1 de la Convención Europea de Derechos Humano".




Así, después de que todas las Administraciones públicas españolas, incluido el Gobierno de España, autorizaran la construcción del Centro Comercial Anexo II, en 1979 se finalizaron las obras, "modificando la realidad fáctica del territorio". El Centro Comercial Anexo II "no perjudica el ecosistema dunar" No obstante, en 1995 se realizó un deslinde en virtud del cual el Gobierno español amplió el dominio público marítimo terrestre sin ningún estudio científico – técnico preliminar, en base a una simple fotografía aérea del año 1961, "la cual evidencia que la Administración excluyó consciente y deliberadamente una gran cantidad de suelo que se encuentra en igualdad de condiciones, y donde se han construido varios hoteles". Al respecto, añaden que "más evidente resulta la conclusión de las universidades de Cantabria y de Las Palmas de Gran Canaria, que a propuesta del Gobierno de España elaboraron en el año 2007 un estudio sobre la playa y dunas de Maspalomas, que evidencia que el Centro Comercial Anexo II no perjudica el ecosistema dunar de la playa de El Inglés, sino que son otros complejos de hoteles y apartamentos los que han creado una pantalla que ha alterado el viento y, con ello, el trasporte y sedimento de la arena".




En estos momentos los propietarios de los locales comerciales del Centro Comercial Anexo II tenían el derecho de propiedad y de uso de forma ilimitada e ininterrumpida en el tiempo, pero tras la aprobación del tercer deslinde de 1995, los locales comerciales, todos ellos de titularidad privada, han pasado a ser de titularidad pública. La pérdida del derecho de propiedad "no tiene una justa y compensada indemnización", puesto que la única compensación que la Ley de Costas prevé para los propietarios del Centro Comercial Anexo II, es una autorización administrativa temporal de uso, sometida a plazo de caducidad de 30 años, prorrogable por otros 30, "y que limita los usos, perdiendo los legítimos propietarios su derecho de propiedad", han indicado. Los propietarios consideran que la Ley de Costas "es una estafa" pues prevé indemnizarles con un derecho que ya tenían de forma ilimitada e ininterrumpida, y que ahora queda restringido a determinados los usos y por un plazo de tiempo limitado.






En este sentido, señalan que el Estado español tiene “especial interés” en confiscar la titularidad de los terrenos donde se encuentra el Centro Comercial Anexo II, "con la connivencia y el beneplácito de los tribunales españoles, en clara vulneración del derecho a la propiedad reconocido en la Carta Universal de Derechos Humanos, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Convención Europea de Derechos Humanos". Por otra parte, los miembros de la Asociación han asegurado que son concientes de la necesidad de mejorar el Centro Comercial, uno de los prinpales destinos turísticos de Europa y "donde más de setecientas familias viven directamente de los puestos de trabajo que mantienen los propietarios de los locales". Es por ello, que en la actualidad trabajan junto con el Consorcio Urbanístico para la rehabilitación de las zonas turísticas de San Agustín, Playa del Inglés y Maspalomas, y el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, con el fin de relanzar de nuevo la playa de El Inglés como el mejor destino turístico de Europa.

http://www.canariasahora.com/noticia/228103/

“Hemos vivido en precario, sin saber si teníamos casa o no”

Hemos vivido en precario, sin saber si teníamos casa o no”. Manuel Gimeno, propietario en el edificio Helios, en primera línea de la playa de L’Albufereta (litoral norte de la ciudad de Alicante) respira más tranquilo tras saber que la reforma de la Ley de Costas amnistía a este bloque, otros dos más a su izquierda (Edificio Alacant II y Torre Alacant) y otros tres a su derecha (Rocafel, 17, 18 y 19). En total, 800 viviendas.


Los dueños de las casas, presidentes de comunidades de propietarios y dirigentes de asociaciones de afectados por la Ley de Costas de 1988, que los devolvió a la zona de dominio público-marítimo terrestre, valoran de manera positiva la propuesta del Ejecutivo y su inclusión en el selecto grupo de 10 núcleos urbanos que quedan fuera del litigio de la norma y, por ende, liberados de una eventual visita de la piqueta.


Santiago de Munck, presidente de la comunidad de propietarios del edificio Helios, cree acertada la iniciativa, “porque se nos estaba aplicando una norma con carácter retroactivo, que transformó nuestro legal derecho de propiedad en una concesión administrativa”. “Y pone fin al largo proceso de deslinde, por cierto, a día de hoy aún en el aire”, añade De Munck. En esta tesis abunda Teresa Alonso, presidenta de la Asociación de Propietarios de Primera Línea Sol Naciente, que resalta primero la legalidad con la que se levantaron las construcciones ahora amnistiadas. “Estas viviendas han sido siempre legales. Es un núcleo urbano integrado en el planeamiento de la ciudad”, asegura. Para Alonso, la decisión del Gobierno es un punto de partida positivo. “Luego habrá que ver cómo se desarrolla todo el proceso, es decir, el paso de Patrimonio del Estado a la propiedad privada”, comenta. “Pero es mejor solución que ir un complejo proceso de desafectación”, añade.

La unanimidad no es absoluta, Carmen del Amo, también propietaria en Torre Alacant y presidenta de la Asociación Europea de Afectados por la Ley de Costas, critica y rechaza el proceso legalización. “No quiero al Estado en mi cama”, asegura en alusión al proceso intermedio que prevé que las edificaciones pasen a titularidad de Patrimonio del Estado. “¿Quién nos garantiza que se nos va a devolver la propiedad y, sobre todo, qué condiciones pondrán?”, plantea.

La Ley de Costas de 1988 supuso el origen de las amenazas. “Esa ley sí que fue una verdadera confiscación, porque nos quitó la propiedad a cambio de una concesión”, señala Alonso, que agrega el agravio de estas urbanizaciones con el hotel Meliá (de esa época y construido en terreno ganado al mar junto al Postiguet). “El Meliá nunca se vio amenazado por la ley de costas”, critica.

Una historia desde 1960

La historia de estas edificaciones se remonta a 1960, cuando la firma Torregrosa solicitó a la Jefatura de Puertos y Costas de Levante ganar terrenos al mar, unos 10.000 metros cuadrados para un complejo deportivo. La licencia para la obra del primer edificio y las instalaciones deportivas se solicitó el 3 de marzo de 1969. Pocos días más tarde, el entonces delegado nacional de Educación Física y Deportes, Juan Antonio Samaranch, reconoció el gran interés deportivo del proyecto (piscina, pistas de tenis, pistas polideportivas, bolera y gimnasio).

Los reclamos publicitarios de la época incluían fotografías de los edificios de la urbanización denominada Vistamar, que abarcaba todo el tramo de la costa de L’Albufereta. Unos 1.500 apartamentos en régimen de multipropiedad. Esto animó a los extranjeros a comprar. En la actualidad, el 40% de los apartamentos turísticos de L’Albufereta está en manos de extranjeros, mayoritariamente franceses.

El 16 de febrero de 1971 se dictó una orden ministerial por la que se autorizó la construcción de una escollera y la realización de rellenos en zona marítimo-terrestre de l’Albufereta. La orden estipulaba que, una vez aprobada el acta de reconocimiento de las obras y levantada el acta de entrega, pasarían a la propiedad del concesionario los terrenos ganados al mar. El acta de entrega de terrenos ganados al mar se suscribe el 6 de noviembre de 1972 por el ingeniero jefe de la Jefatura de Costas y Puertos de Levante en representación del Ministerio de Obras Públicas.

Edificio Alacant II se construyó en 1964; Torre Alacant y edificio Helios, en 1965; y Rocafell (tres bloques y los garajes) entre 1972 y 1976. Las obras se hicieron sobre la base de los deslindes de 1964 y 1966 y 1969. En 1977 se realizó un tercer deslinde que sustituyó y unificó a los de 1969 y 1977. En 1994 la Audiencia Nacional anuló el deslinde de 1977 y ordenó la Administración la revisión del expediente de esa zona de L’Albufereta, tras constatar que ese tramo de costa ha sufrido sustanciales variaciones. “El nuevo deslinde nunca se hizo”, señala Alonso.

Este enclave de la primera línea del mar del norte de la capital alicantina está catalogado en el Plan General de Ordenación (PGOU) vigente como suelo urbano, y con las únicas restricciones comunes (veto a obras de ampliación) a las áreas de conservación de la edificación. “Es por tanto un núcleo urbano consolidado legal. Sus propietarios pagan los impuestos correspondientes”, señalan fuentes de la Gerencia Municipal de Urbanismo




jueves, 26 de julio de 2012

Director general de Sostenibilidad afirma que el anteproyecto de Ley de Costas prevé regulación especial para Canarias

El director general de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, Pablo Saavedra, ha afirmado que el anteproyecto de la Ley de Costas prevé una regulación especial para Canarias.


El director general de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, Pablo Saavedra, ha afirmado que el anteproyecto de la Ley de Costas prevé una regulación especial para Canarias.

"En el caso de Canarias el anteproyecto prevé una regulación especial para todos aquellos núcleos urbanos que tenían una zona de servidumbre de 100 metros y que, sin embargo, tenían ya una situación consolidada urbana en el momento en el que se aprobó la Ley de Costas de 1988", aseguró.

Para esos núcleos, agregó, que deberán estudiarse y proponerse desde el ámbito municipal, que es el competente, dijo, "se prevé la declaración de urbanos para reducir la zona de servidumbre de 100 a 20 metros", según informó la Delegación del Gobierno en Canarias en nota de prensa.

En este sentido, apuntó que "en esa realidad muchas" de las situaciones de Canarias "se van a ver reconocidas y beneficiadas" aunque matizó que "siempre que se cumplan los requisitos de la Ley" porque Saavedra resaltó que las "situaciones que eran irregulares antes de la Ley, en ningún caso, van a ser legales" a nivel nacional.

Así se mostraba el director general de Sostenibilidad en cuanto a las singularidades que se recoge en el anteproyecto de la Ley de Costas, que se prevé aprobar como proyecto de ley tras el verano, y donde se recogen diez núcleos en todo el litoral español, tras analizar "cada kilómetro de costa".


Al respecto, indicó que esos diez núcleos que se recogen, después de ser analizada la costa, "se prevé que pueden ser excluidos del dominio público por cumplir una serie de características, como posibles vías de desafectación".

Esto, en el caso de Canarias, apuntó, se han visto con "mucho detalle", ya que de los más de 8.000 kilómetros de litoral de España, el archipiélago canario "se lleva 1.500 kilómetros" analizándose un listado de 40 núcleos que reciben pérdidas de alegaciones, observándose que existe una temática "muy variada que no responde a esas características peculiares", apuntando a que "cada tipo de realidad tiene su tratamiento especial".

Finalmente, Saavedra incidió en que el anteproyecto recoge un tratamiento general de la costa española que tiende a "intensificar la protección del litoral y a dar más seguridad jurídica a todas" las viviendas.

http://www.20minutos.es/noticia/1549492/0/

¿Okupa en su propia casa?

Lleva tantos años batallando contra la administración que los documentos se apilan en su mesa. "Son quince años de litigios", aclara, contra la "abusiva" aplicación de la ley de Costas. Y el primero de los papeles que Jon Iturribarria muestra es el vetusto escrito del registro de la propiedad del molino de mareas de Portu Errota, construido en el siglo XVII, único en su condición en toda la costa vasca y catalogado como parte del patrimonio cultural de Euskadi. "La Diputación y los Ayuntamientos, desde 1827 en adelante, vendieron sus propiedades en la ría de Urdaibai a los vecinos", dice, "pero ahora las instituciones vienen a por la casa de la que somos legítimos propietarios desde el año 1965", en lo que califica como "una estafa en toda regla". "Es mi caso concreto, hoy en día soy un okupa en mi propia casa", indica gráficamente.


"No puedo ni arreglar el tejado que quedó afectado por un temporal en 1995", incide un hombre que, pese al desgaste que supone estar en permanente lucha con la administración, rezuma actividad. Tampoco puede arar los terrenos cercanos a su vivienda. "Prohibido", responde. "No reconocen la titularidad de nuestra casa, e incluso una sentencia contra mi causa del Tribunal Supremo amparó la confiscación de un bien privado", exclama, recordando que el estamento judicial "tampoco reconoció el derecho a la propiedad" en su caso concreto. Sin embargo, ha acudido a Estrasburgo, al Tribunal de Derechos Humanos, para reclamar que la normativa costera "viola el artículo primero del Convenio Europeo de Derechos Humanos", que apela a la propiedad privada.

El propietario del histórico molino de Gautegiz Arteaga, situado sobre las marismas de Urdaibai, defiende sus derechos en una Europa que ha dado varios tirones de oreja -sobre todo, mediante el informe Auken aprobado por la mayoría de los eurodiputados en 2009- al Gobierno español "para que cejase en la aplicación arbitraria" en la anterior Ley de Costas. Y sin embargo, "la situación se ha agravado", incide. Igual opinión mantiene Carmen del Amo, presidenta de la Asociación Europea de Afectados por la Ley de Costas con la que Iturribarria tiene un constante contacto. "La nueva normativa sigue violando los derechos humanos y agrava el problema. Y, además, con unas consecuencias impredecibles ", resumen desde el colectivo. Pero la última vuelta de tuerca de la larga historia de lucha del propietario de Portu Errota por salvar su molino ha llegado hace escasos días.

Fue la semana pasada cuando Iturribarria recogió una carta de Costas del País Vasco, firmada por el Jefe de la Demarcación, Fernando Pérez Burgos. Parecía un mero trámite más a los que está acostumbrado, pero el trámite era deleznable: iba remitida a la fallecida madre del titular de Portu Errota, y se dirigía a ella dándole respuesta a la alegación que supuestamente había presentado contra un proyecto que impulsa en Gobierno vasco en la Reserva de la Biosfera de Urdaibai. Le reclamaba la concesión sobre sus supuestos terrenos ubicados en dominio público marítimo-terrestre. "El tema es tan serio como que está tipificado en el Código Penal como falsedad en documento público", responde. Su lucha sigue


http://www.deia.com/2012/07/26/bizkaia/okupa-en-su-propia-casa

miércoles, 25 de julio de 2012

la nueva Ley de Costas margina "totalmente" a Canarias

El abogado y representante en Canarias de la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas, José Luis Langa, ha advertido hoy de que la reforma de la Ley de Costas "deja totalmente marginada a Canarias", que a su juicio es la región más afectada por la aplicación retroactiva de esta norma que data de 1988.


José Luis Langa califica en un comunicado de "injusto e incomprensible" que Canarias quede fuera de las excepciones que se contempla este borrador, entre las que se menciona a Formentera debido a su especial configuración geológica, según indica este borrador mientras que, según el abogado, Canarias tiene unas características "aún más especiales".

Langa pide que se tenga el mismo criterio para Canarias, tal y como así hizo saber en la reunión que el 7 de junio tuvo con el director general de Costas, Pablo Saavedra, en la que se dijo que se tendría en cuenta la singularidad de Canarias en la nueva ley.

Por otra parte, Langa aseguró que tampoco se contempla la anulación de la retroactividad de la ley para aquellos núcleos consolidados que existieran antes de la entrada en vigor de la norma, "algo que también apuntó en su momento el ministro de Agricultura, Miguel Arias Cañete, pues consideraba que esta retroactividad era injusta".

El letrado indicó que los afectados en Canarias no son capaces de comprender por qué un problema que afecta al diez por ciento de la población del Archipiélago y que, de no tomarse las medidas oportunas, puede acabar con la propiedad privada, la idiosincrasia y la cultura de un pueblo, no se está afrontando con todas las medidas a mano.

Para ello Langa anuncia que se pondrá en marcha la Asociación Canaria de Afectados por la Ley de Costas, que pretende no sólo aglutinar y defender los intereses de todas las personas perjudicadas por la norma, sino, sobre todo, lograr que todos se unan para hacer fuerza ante todas las instituciones públicas e instancias que sean necesarias para que los pueblos marineros y las zonas más representativas de nuestra cultura no desaparezcan.

El abogado ha hecho además un llamamiento a todos los políticos canarios, tanto los que están en el Congreso como en el Senado, para que desde allí "defiendan a Canarias, pues, independientemente del partido político en el que se encuentren, son canarios".

Asimismo, recordó que el Parlamento canario aprobó en septiembre de 2011 por unanimidad trasladar a Madrid la petición de que las competencias sobre Costas pasen a la Comunidad Autónoma, una propuesta que apoyaron todos los partidos políticos representantes en la Cámara regional.


Finalmente, Langa aclaró que de momento lo que se ha presentado al Consejo de Ministro es un borrador de modificación, por lo que aún están a tiempo de pedir que se incluyan excepciones para Canarias y, sobre todo, que se elimine la retroactividad de la ley.

Añadió que le gustaría invitar a los gestores de esta norma a Canarias para que conozcan la realidad de este pueblo y eviten tomar decisiones que afectan a miles de canarios sin tener en cuenta lo que aquí ocurre realmente.


http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1218172

domingo, 22 de julio de 2012

Propietarios de Urdaibai se unen contra la Ley de Costas que les «roba» terrenos

Exigirán en el Congreso de los Diputados que se respeten sus derechos y se modifique la normativa



Los propietarios de terrenos e inmuebles de Urdaibai han decidido unirse para reivindicar que se respeten sus derechos. En una charla mantenida el viernes con la parlamentaria del PNV, Arantza Tapia, en Gautegiz Arteaga, acordaron defender sus intereses en el Congreso de los Diputados «ante la usurpación de nuestros bienes por la Ley de Costas, una normativa retroactiva que lo único que persigue es quedarse gratis con nuestras propiedades».
La Ley de Costas, que entró en vigor en 1988 y es objeto de una profunda revisión, nació para evitar operaciones inmobiliarias abusivas en el litoral. Sin embargo, su aplicación ha supuesto la pérdida del derecho de propiedad para 400.000 afectados, que hasta la entrada en vigor de la norma eran los legítimos dueños de dos millones de metros cuadrados de extensiones. «Tenemos todos los títulos y escrituras que acreditan que son nuestras propiedades, pero Costas no los reconoce y los ha confiscado. Los ha declarado bien de dominio público marítimo-terrestre y no podemos hacer ni siquiera reformas», denunciaron.

Los vecinos de Gautegiz Arteaga, Forua, Kortezubi, Murueta y Busturia han decidido movilizarse tras la solicitud del Gobierno vasco a Costas de la concesión o derecho de ocupación de los terrenos de los residentes para afrontar un proyecto de recuperación en la marisma. Según los afectados, que han presentado doscientas alegaciones al plan, supone una violación de los derechos humanos porque no hay una contraprestación justa. «Incumplen el artículo 17 que establece que nadie puede ser privado de su propiedad más que por causa de utilidad pública, en los casos y condiciones previstos en la ley a cambio de una indemnización justa en un tiempo razonable. Nos roban sin darnos nada a cambio», añadieron. Durante los últimos días, la Demarcación de Costas ha enviado una carta a los propietarios con el fin de otorgarles una concesión de ocupación en lugar de reconocer la titularidad. Ellos temen que su propósito es «declarar que hay un interés general cuando le venga en gana y expropiártelo concediendo un 0,15% del valor del bien. Es decir, si vale 100.00 euros sólo te conceden 1.500».

«Falsedad documental»


En un caso particular como es el del propietario del molino de mareas de Portu Errota, Jon Iturribarria, que lleva peleando dieciséis años para que se reconozca su titularidad, se ha producido además un caso de «falsedad documental». Según Iturribarria, el jefe de la Demarcación de Costas, Fernando Pérez Burgos, remitió esa misma carta a su madre en la que asegura que ella pidió la concesión del molino, actualmente confiscado por Costas. «Esta petición es falsa porque ella falleció hace años. Simulan que los propietarios han solicitado una concesión para así quedarse con la propiedad y eso es usurpar. No podemos caer en esta trampa. Se escudan en que el Gobierno vasco quiere desarrollar un proyecto en Urdaibai para robar nuestras posesiones», declaró Iturribarria.

Los propietarios instan a las autoridades españolas a que revisen y modifiquen urgentemente la Ley de Costas a fin de proteger sus derechos como legítimos propietarios de viviendas y pequeñas parcelas en zonas de la costa que no ejercen un impacto negativo sobre el medio ambiente. «Y esto no sólo lo decimos nosotros. Lo exige el Parlamento europeo, que además amenaza con retirar fondos a España si el Gobierno insiste en despojarnos de lo que es nuestro», añadió Iturribarria. Tras la charla, Arantza Tapia anunció su intención de «arropar» a los propietarios en el Parlamento a través de mociones.


http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20120722/vizcaya/propietarios-urdaibai-unen-contra-20120722.html

Los deslindes en el anteproyecto de ley de costas

En su momento publiqué un artículo en este diario sobre la confiscatoriedad de los deslindes en las costas, por considerar que la ley vigente de 1988 constituía una de las más atentatorias al derecho de propiedad, así como a diversos principios constitucionales.



Me refería a la innovación introducida por la citada ley al considerar como bienes de dominio público marítimo-terrestre, entre otros, la ribera del mar y de las rías, y al delimitar dicha zona hasta donde alcanza el mar en su flujo y reflujo donde son sensibles los efectos de las mareas y, donde no lo sean, hasta donde alcancen los mayores temporales conocidos. La gran novedad es esa citada extensión a los mayores temporales conocidos, aun cuando revistan un carácter extraordinario, frente a los ordinarios de la legislación tradicional. El dominio público incluiría los terrenos que pueden alcanzar dichos temporales cualquiera que sea su naturaleza y origen aunque no respondan a periodicidad previsible alguna.
 Esto puede alcanzar grados incalificables de monstruosidad jurídica si se tiene en cuenta que, en numerosas ocasiones, se ha aplicado con carácter retroactivo, como ha ocurrido en Sagunto, Gandía, Barcelona, etcétera. No es, pues, de extrañar, que pudiera extenderse al llamado Prado Mayor, como ha sido sugerido en alguna publicación, paraje de sierra Espuña que en la actualidad está a más de mil metros de altura, pero que es una playa fósil, donde se pueden encontrar hasta dientes de tiburón.

En el anteproyecto con el que el Gobierno pretende modificar la Ley de Costas del 88 se conserva la redacción transcrita respecto a lo que debe entenderse por zona marítimo-terrestre, manteniendo la expresión de «? las olas de los mayores temporales conocidos, de acuerdo con las referencias comprobadas de que se disponga?». Por lo que la única innovación consiste en aludir a las referencias comprobadas. Este añadido no disipa las dudas que pueden plantearse en este aspecto, permaneciendo la enorme inseguridad jurídica. Considero que debería expresarse claramente que el citado dominio público debería extenderse únicamente al punto de alcance de aquellos temporales que se produzcan con una determinada periodicidad, de forma que sean perfectamente previsibles en el tiempo por su carácter de normalidad. Incluso me atrevería a sugerir, tal y como se hace en la legislación reguladora de los paisajes, en la que se obliga a redactar unos catálogos de lugares protegidos, que la Administración señalase una lista en cada autonomía de los temporales que revistan el expresado carácter de normalidad, de forma que queden perfectamente referenciados y excluyendo toda posibilidad de arbitrariedad a través de los expedientes de deslinde tan manifestadores del poder exorbitante del Estado.

En virtud de los expedientes administrativos de deslinde, las propiedades privadas reconocidas por sentencia firme vienen a transformarse, como antes, en concesiones, si bien se amplía el plazo a 75 años y con la innovación de la posibilidad de transmitirlas inter vivos o mortis. Un sistema similar, aunque de menor protección, es el conferido a los terrenos adquiridos de buena fe por terceros, protegidos por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Parece favorable, en cambio, el hacer obligatoria la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes de dominio público marítimo-terrestre, con lo que se viene a reforzar la seguridad jurídica.

Las modificaciones no vienen a salvar el carácter confiscatorio de los expresados deslindes, debido a que se lleva a cabo una expropiación sin el debido justiprecio, tal y como ordena el artículo 33 de la Constitución española. Por ello, se puede afirmar con rotundidad que los deslindes constituyen un grave atentado a los más grandes derechos del hombre, cuales son el de la libertad y el de la propiedad.

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/opinion/2012/07/22/deslindes-anteproyecto-ley-costas/0003_201207G22P20993.htm

Los deslindes en el anteproyecto de ley de costas

En su momento publiqué un artículo en este diario sobre la confiscatoriedad de los deslindes en las costas, por considerar que la ley vigente de 1988 constituía una de las más atentatorias al derecho de propiedad, así como a diversos principios constitucionales.


Me refería a la innovación introducida por la citada ley al considerar como bienes de dominio público marítimo-terrestre, entre otros, la ribera del mar y de las rías, y al delimitar dicha zona hasta donde alcanza el mar en su flujo y reflujo donde son sensibles los efectos de las mareas y, donde no lo sean, hasta donde alcancen los mayores temporales conocidos. La gran novedad es esa citada extensión a los mayores temporales conocidos, aun cuando revistan un carácter extraordinario, frente a los ordinarios de la legislación tradicional. El dominio público incluiría los terrenos que pueden alcanzar dichos temporales cualquiera que sea su naturaleza y origen aunque no respondan a periodicidad previsible alguna. Esto puede alcanzar grados incalificables de monstruosidad jurídica si se tiene en cuenta que, en numerosas ocasiones, se ha aplicado con carácter retroactivo, como ha ocurrido en Sagunto, Gandía, Barcelona, etcétera. No es, pues, de extrañar, que pudiera extenderse al llamado Prado Mayor, como ha sido sugerido en alguna publicación, paraje de sierra Espuña que en la actualidad está a más de mil metros de altura, pero que es una playa fósil, donde se pueden encontrar hasta dientes de tiburón.

En el anteproyecto con el que el Gobierno pretende modificar la Ley de Costas del 88 se conserva la redacción transcrita respecto a lo que debe entenderse por zona marítimo-terrestre, manteniendo la expresión de «? las olas de los mayores temporales conocidos, de acuerdo con las referencias comprobadas de que se disponga?». Por lo que la única innovación consiste en aludir a las referencias comprobadas. Este añadido no disipa las dudas que pueden plantearse en este aspecto, permaneciendo la enorme inseguridad jurídica. Considero que debería expresarse claramente que el citado dominio público debería extenderse únicamente al punto de alcance de aquellos temporales que se produzcan con una determinada periodicidad, de forma que sean perfectamente previsibles en el tiempo por su carácter de normalidad. Incluso me atrevería a sugerir, tal y como se hace en la legislación reguladora de los paisajes, en la que se obliga a redactar unos catálogos de lugares protegidos, que la Administración señalase una lista en cada autonomía de los temporales que revistan el expresado carácter de normalidad, de forma que queden perfectamente referenciados y excluyendo toda posibilidad de arbitrariedad a través de los expedientes de deslinde tan manifestadores del poder exorbitante del Estado.

En virtud de los expedientes administrativos de deslinde, las propiedades privadas reconocidas por sentencia firme vienen a transformarse, como antes, en concesiones, si bien se amplía el plazo a 75 años y con la innovación de la posibilidad de transmitirlas inter vivos o mortis. Un sistema similar, aunque de menor protección, es el conferido a los terrenos adquiridos de buena fe por terceros, protegidos por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Parece favorable, en cambio, el hacer obligatoria la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes de dominio público marítimo-terrestre, con lo que se viene a reforzar la seguridad jurídica.

Las modificaciones no vienen a salvar el carácter confiscatorio de los expresados deslindes, debido a que se lleva a cabo una expropiación sin el debido justiprecio, tal y como ordena el artículo 33 de la Constitución española. Por ello, se puede afirmar con rotundidad que los deslindes constituyen un grave atentado a los más grandes derechos del hombre, cuales son el de la libertad y el de la propiedad.

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/opinion/2012/07/22/deslindes-anteproyecto-ley-costas/0003_201207G22P20993.htm

viernes, 13 de julio de 2012

La Ley de Costas no se aplicará en 11 núcleos conflictivos

La reforma de la Ley de Costas que ha preparado el Ejecutivo no solo amplía las concesiones de las casas construidas en la playa en 75 años, a contar a partir de que acabe la prórroga actual, como adelantó este diario, sino que diseña un régimen especial para 11 zonas problemáticas, a las que excluye del dominio público marítimo terrestre. Además, la superficie de la servidumbre de protección en las rías podrá bajar en algunos casos de 100 a 20 metros y se reduce la definición de dominio público.



La ley admite que habrá un deslinde especial más laxo para la isla de Formentera “debido a la especial configuración geológica” de la isla. Además, excluye del dominio público 10 núcleos de población que por su situación entrarían dentro de la definición de la zona pública. Se trata de Rocafel (Alicante), Puerto de Santa Pola (Alicante), Marina de Empuriabrava (Girona), Platja d´Aro (Girona), la ría de Punta Umbría (Huelva), el casco urbano de Isla Cristina y el Caño del Cepo (Huelva), Pedregalejo y El Palo (Málaga) y Oliva (Valencia). Estos pasarán a formar parte del Patrimonio del Estado, que se pueden vender. Los ecologistas lo ven como el paso previo para que pasen a manos privadas, ya que si se considera dominio público no se puede vender.



El texto, de 24 folios, justifica la reforma en que la ley vigente, de 1988, ha “tolerado resultados inaceptables medioambientalmente” y añade que el tiempo pasado desde su aprobación “se impone y consolida situaciones”. Así, la norma ha “provocado desconfianza y desconcierto”, que el Ejecutivo quiere recuperar dando seguridad jurídica.

En general, las concesiones de 30 años de uso del dominio público (que eran ampliables a 60) pasarán a tener 75 años ahora. Las concesiones empezaban a caducar en 2018 y se reforma para “evitar el riesgo de que se produzca la pérdida del derecho en un plazo tan breve, sobre todo teniendo en cuenta las dificultades que puedan tener los extranjeros”. Además, los dueños de las casas en la playa las podrán vender y hacer reformas sin permiso siempre que no aumenten de altura ni volumen.


La ley permite al delegado del Gobierno suspender los planes urbanísticos municipales que invadan el dominio público marítimo-terrestre y fija un régimen distinto para las playas urbanas y las contiguas a espacios protegidos, a las que se les impondrá “un nivel de protección alto” y se limitarán las ocupaciones.


La ley excluye del dominio público las “dunas artificiales y las dunas muertas”, lo que reducirá la zona pública en lugares como Doñana. Además, limita la definición del alcance de los mayores temporales conocidos parta establecer el dominio público. Hasta ahora, Costas recurría a veces a vestigios fósiles para demostrar que hasta allí llegaba el mar y por lo tanto debía ser dominio público. Ahora solo lo serán si hay “referencias comprobadas” de que allí llegaba el mar.


La ley exime a las marinas artificiales de ser dominio público, como la marina de Empuriabrava (Girona), al señalar que “no pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre aquellos terrenos que sean inundados artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto, siempre que antes de la inundación no lo fueran”.


La ley obliga a la Administración a incorporar en el Registro de la propiedad todos los deslindes. La falta de ese trámite había generado muchos problemas a los compradores que denunciaban que no habían sido informados.

Medio Ambiente autoriza a reducir en las rías la servidumbre de protección de 20 a 100 metros “en atención a las características topográficas o hidrográficas”. Esgrime que esa es la distancia en los ríos. Así salva muchos problemas en Galicia.

La norma también permite la publicidad en las playas –hasta ahora estaba prohibido- “siempre que sea parte integrante o acompañe a actividades permitidas en el dominio público”.


Las industrias (“extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera”) situadas en dominio público deberán superar un informe ambiental para prorrogar la concesión. Este trámite permitiría seguir en la ría de Pontevedra a la polémica papelera de Ence

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/07/13/actualidad/1342183082_524877.html





BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LEY DE PROTECCIÓN Y USO SOSTENIBLE DEL LITORAL Y DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE 22/1988, DE 28 DE JULIO, DE COSTAS

¡¡¡BIENVENIDOS A LA REPÚBLICA DE BANANARIA!!!





BORRADOR DEL ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE COSTAS.


http://ep00.epimg.net/descargables/2012/07/13/228609452cb18bc6b3da057d373a0278.pdf

La reforma de la Ley de Costas que ha preparado el Ejecutivo no solo amplía las concesiones de las casas construidas en la playa hasta 75 años, como adelantó este diario, sino que diseña un régimen especial para 11 zonas problemáticas, a las que excluye del dominio público marítimo terrestre. Además, la superficie de la servidumbre de protección en las rías podrá bajar en algunos casos de 100 a 20 metros y se reduce la definición de dominio público.


La ley admite que habrá un deslinde especial más laxo para la isla de Formentera “debido a la especial configuración geológica” de la isla. Además, excluye del dominio público 10 núcleos de población que por su situación entrarían dentro de la definición de la zona pública. Se trata de Rocafel (Alicante), Puerto de Santa Pola (Alicante), Marina de Empuriabrava (Girona), Platja d´Aro (Girona), la ría de Punta Umbría (Huelva), el casco urbano de Isla Cristina y el Caño del Cepo (Huelva), Pedregalejo y El Palo (Málaga) y Oliva (Valencia). Estos pasarán a formar parte del Patrimonio del Estado, que se pueden vender. Los ecologistas lo ven como el paso previo para que pasen a manos privadas, ya que si se considera dominio público no se puede vender.

El texto, de 24 folios, justifica la reforma en que la ley vigente, de 1988, ha “tolerado resultados inaceptables medioambientalmente” y añade que el tiempo pasado desde su aprobación “se impone y consolida situaciones”. Así, la norma ha “provocado desconfianza y desconcierto”, que el Ejecutivo quiere recuperar dando seguridad jurídica.

En general, las concesiones de 30 años de uso del dominio público (que eran ampliables a 60) pasarán a tener 75 años ahora. Las concesiones empezaban a caducar en 2018 y se reforma para “evitar el riesgo de que se produzca la pérdida del derecho en un plazo tan breve, sobre todo teniendo en cuenta las dificultades que puedan tener los extranjeros”. Además, los dueños de las casas en la playa las podrán vender y hacer reformas sin permiso siempre que no aumenten de altura ni volumen.

La ley permite al delegado del Gobierno suspender los planes urbanísticos municipales que invadan el dominio público marítimo-terrestre y fija un régimen distinto para las playas urbanas y las contiguas a espacios protegidos, a las que se les impondrá “un nivel de protección alto” y se limitarán las ocupaciones.

La ley excluye del dominio público las “dunas artificiales y las dunas muertas”, lo que reducirá la zona pública en lugares como Doñana. Además, limita la definición del alcance de los mayores temporales conocidos parta establecer el dominio público. Hasta ahora, Costas recurría a veces a vestigios fósiles para demostrar que hasta allí llegaba el mar y por lo tanto debía ser dominio público. Ahora solo lo serán si hay “referencias comprobadas” de que allí llegaba el mar.


La ley exime a las marinas artificiales de ser dominio público, como la marina de Empuriabrava (Girona), al señalar que “no pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre aquellos terrenos que sean inundados artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto, siempre que antes de la inundación no lo fueran”.


La ley obliga a la Administración a incorporar en el Registro de la propiedad todos los deslindes. La falta de ese trámite había generado muchos problemas a los compradores que denunciaban que no habían sido informados.


Medio Ambiente autoriza a reducir en las rías la servidumbre de protección de 20 a 100 metros “en atención a las características topográficas o hidrográficas”. Esgrime que esa es la distancia en los ríos. Así salva muchos problemas en Galicia.

La norma también permite la publicidad en las playas –hasta ahora estaba prohibido- “siempre que sea parte integrante o acompañe a actividades permitidas en el dominio público”.


Las industrias (“extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera”) situadas en dominio público deberán superar un informe ambiental para prorrogar la concesión. Este trámite permitiría seguir en la ría de Pontevedra a la polémica papelera de Ence.


http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/07/13/actualidad/1342183082_524877.html

SI YA HABÍA INSEGURIDAD JURÍDICA, CON ESTA MODIFICACIÓN LA HAN ELEVADO A LA ENÉSIMA POTENCIA ADEMÁS DE HACERLA DISCRIMINATORIA.


AHORA LA CONFISCACIÓN SERÁ A DEDO.




sábado, 7 de julio de 2012

Todavía no nos lo creemos´

Los residentes del macizo desconfían de la sentencia que evita el derribo de sus viviendas



"Todavía no nos lo creemos del todo que nos hayamos librado de quedarnos sin casa", confiesa Armenia Rodríguez desde detrás del mostrador de la pequeña venta que regenta en Almáciga. A pesar de que la noticia acerca de la salvación por parte del Supremo de 250 inmuebles de este núcleo del litoral de Anaga y de Roque de las Bodegas se ha propagado rápidamente entre los afectados y el resto de vecinos, aún muchos temen que la sombra de la demolición vuelva a planear sobre este barrio costero.

Según confiesan los residentes en Almáciga, las imágenes de los derribos en lugares como Cho Vito permanecen grabadas en sus cabezas con la misma intensidad al miedo a perder sus viviendas. "Aquí la gente lo ha pasado muy mal durante demasiado tiempo. Hemos recibido muchos palos y nos han mentido mucho miedo desde las administraciones y, claro, todo eso hace que la gente desconfíe", explica Ignacio del Castillo, el presidente de la Asociación de Vecinos Virgen de Begoña.


"Los vecinos temen volver a las andadas y se preguntan si basta con la sentencia del Supremo o vendrá luego un nuevo problema. Ahora falta la declaración para Anaga de Reserva de la Biosfera para garantizar que nunca habrá derribos", apunta Guillermo Borges, el responsable del colectivo Amigos de Anaga.

Para disipar todas estas dudas, será el propio abogado de los vecinos el que explique a todos el próximo día 19 los detalles de la sentencia del Tribunal Supremo. Será entonces, prevé Del Castillo, cuando los residentes en Almáciga puedan pasar página y recobrar paulatinamente la tranquilidad perdida hace demasiados años. "Nos ha costado más de 35.000 euros y aún falta. Ahora hemos ganado y todavía necesitamos 6.000 euros más para abonar a nuestro abogado, los viajes, los informes y el papeleo", manifiesta este representante vecinal.

Según explica el presidente de este colectivo vecinal, ni siquiera su propia mujer cree que este David haya podido con su particular Goliat. "No estoy tranquila del todo. Temo que vuelvan a tocarnos las narices cuando pase un tiempo", reconoce Dolores Alonso, la aludida. "Mi marido se lo cree, pero yo tengo mis dudas", añade.

Y es que, según afirma Alonso, los quebraderos de cabeza, las tensiones, las muchas reuniones y el fuerte desembolso realizado por estos chicharreros para defender sus casas no se olvidan de un día para otro. "Cuántas veces nos manifestamos contra los derribos, cuánto dinero hemos invertido para conservar nuestras casas...", afirma con gesto de rabia al recordar vivencias como los derribos en Cho Vito. "Veíamos por la televisión las imágenes y temíamos que cualquier día se presentasen aquí las grúas", rememora.


Norberto Izquierdo sonríe ahora al echar la vista atrás hacia esos instantes especialmente emotivos. La venta que regenta junto con Armenia, su mujer, ha albergado durante mucho tiempo cientos de conversaciones sobre los efectos de la Ley de Costas. Antes apenas nadie en Almáciga sabía que era el dominio marítimo-terrestre ni el deslinde. Ahora es raro el vecino que no haya incorporado estos conceptos técnicos a su vocabulario. "¿Cómo íbamos a saber de cosas así? Aquí sabíamos de cabras y vacas, que son con lo que hemos crecido", se pregunta Benita Sosa, una de las clientas habituales del establecimiento.


Para Izquierdo, la sentencia del Supremo era la única vía posible para garantizar el futuro de Almáciga y el Roque de las Bodegas y, de paso, combatir la progresiva despoblación de estos caseríos de Anaga. "Esto no son segundas residencias como en Cho Vito. Aquí no tenemos otra vivienda, ¿dónde íbamos a ir?", razona. Ahora, Izquierdo, espera que la sentencia se traduzca en una mayor seguridad a la hora de vender o alquilar los inmuebles del barrio. "Eso sí, que no dejen construir más", apostilla.

A sus más de 70 años, Víctor González cuenta que solo la amenaza de que derribaran su casa y lo obligaran a dejar el barrio casi acaba con él. "Si nos hubieran sacado de aquí nos hubiéramos muerto. No podría vivir sin esta tranquilidad y sin estar cerca del mar", afirma. A punto de calzarse las botas para dirigirse a su huerto, este vecino de Anaga cree que la sentencia del Supremo permitirá mantener vivo un modelo de entender la vida que "ya no existe" en otros puntos del municipio capitalino. "En Almáciga vivieron mis bisabuelos, mis abuelos, mis padres y yo. Ahora podrán hacerlo también mis nietos", explica. No obstante, confiesa que aún recela de la noticia. "¿Qué haría usted si le hubieran mentido tanto como a nosotros?", concluye


http://www.laopinion.es/tenerife/2012/07/07/todavia-creemos/422415

El Supremo salva 250 viviendas de Almáciga y Roque de las Bodegas

El Alto Tribunal legaliza las casas de Anaga al ampliar el deslinde de 20 a 100 metros


El Tribunal Supremo acaba de salvar a cerca de 250 casas de Almáciga y Roque de las Bodegas, en Anaga, que se habían quedado fuera de ordenación. Sus dueños ya no tendrán que esperar a un cambio en la Ley de Costas para saber si las pueden mantener o si van a ser derribadas porque esta decisión las legaliza de forma definitiva.

Una sentencia del Alto Tribunal ha ampliado de 20 a 100 metros el ancho de la costa en el que no se puede construir en 12.722 metros de la costa de Anaga, desde Almáciga hasta Taborno, con lo que esas 250 casas que se encontraban dentro de lo que se conoce técnicamente como deslinde marítimo-terrestre quedan legalizadas e incluso en ellas se podrán hacer obras menores o modificaciones puntuales con el permiso de las administraciones competentes.

El Supremo acepta la ampliación del deslinde en Almáciga, donde se encuentran la mayoría de las casas, y Roque de las Bodegas, pero no así en otro núcleo de Anaga, Tachero, cuyos propietarios también habían pedido que se ampliará la frontera a partir de la cual no se puede construir. La diferencia está en que el Supremo considera acreditado que los dos primeros núcleos tenían características urbanas antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas, en el año 1988, mientras que el tercero no reunía esas características por lo que el deslinde quedará en los 100 metros actuales.


La empresa que se encarga del servicio de aguas del municipio, Emmasa, acreditó en un informe que Almáciga y Roque de las Bodegas cuentan con suministro de agua potable desde mucho antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas, al menos desde 1980, y que cuentan además con alcantarillado municipal y con carreteras, entre otras infraestructuras.

Además, Endesa señaló en otro informe que puso en marcha el servicio de electricidad en estos dos núcleos de Anaga con la instalación de los centros de distribución en Almáciga en 1968 y en Roque de las Bodegas en 1973. Con estos documentos y las declaraciones de antiguos funcionarios municipales, el Supremo ve corroborada la principal alegación de los demandantes, representados por la Asociación de Vecinos Nuestra Señora de Begoña de Almáciga, de que estos núcleos eran urbanos antes de la puesta en marcha de la Ley de Costas aunque no hubiesen tenido esa catalogación oficial en el Plan General de Ordenación.


La sentencia del Tribunal Supremo rechaza una orden del Ministerio de Medio Ambiente a través de la cual fijó el 22 de septiembre de 2006 el deslinde de los bienes marítimo-terrestres en 20 metros a partir del punto máximo que alcanzan las mareas.

La Justicia acepta de esta manera las reclamaciones de los vecinos de Almáciga y Roque de las Bodegas, pero no así las de los vecinos de Tachero o con anterioridad de Igueste de San Andrés. El pasado mes de enero, la Audiencia Nacional ratificaba que 97 fincas y 22 viviendas de Igueste invaden el dominio público, son ilegales y podrían ser eliminadas en aplicación de la actual Ley de Costas, aunque el Gobierno del PP ya ha anunciado que no va a derribar estas casas y va a modificar esta norma para salvar estas y otras edificaciones en todo el litoral nacional.

La magistrada Elisa Veiga avala en la sentencia la orden del Ministerio de Medio Ambiente de 2010 que establece el deslinde del dominio público marítimo terrestre de Igueste en 100 metros, cuando los propietarios afectados pedían que la línea se redujera a 20 metros. Todos los inmuebles y cultivos que se encuentran en los 100 metros a partir de la orilla, esas 97 fincas y 22 viviendas, quedan pues fuera de ordenación. A diferencia de Almáciga y Roque de las Bodegas, el tribunal entiende que este asentamiento no se podía catalogar de urbano antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas.

http://www.laopinion.es/tenerife/2012/07/07/supremo-salva-250-viviendas-almaciga-roque-bodegas/422414.html



martes, 3 de julio de 2012

La Ley de Costas 'engulle' al Hotel Maritim de Los Realejos

Todo el edificio estará en situación de fuera ordenación, de manera que su valor catastral se reduce.



El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado que una parte "mínima" del histórico Hotel Maritim situado en Los Realejos, justo en el límite con el municipio turístico de Puerto de La Cruz, está afectado por la Ley de Costas con las consecuencias que esta legislación trae consigo. Entre ellas que todo el edificio estará en situación de fuera ordenación de manera que su valor catastral se reduce al máximo, se imponen fuertes restricciones a la ejecución de obras e incluso se podría proceder a su derribo si se ejecutara alguna obra de interés general, como por ejemplo un paseo marítimo.

El TS viene así a ratificar un fallo judicial anterior de la Audiencia Nacional (AN) en el que también se argumentaba que la línea del deslinde pasa por una parte del edificio que es propiedad de esta cadena hotelera. Los propietarios del establecimiento no pudieron ir en contra de la zona de servidumbre ya que esta había sido fijada en veinte metros de anchura, que se corresponde a la contemplada en la legislación para los terrenos urbanos. Pero sí se oponían a la delimitación de la ribera del mar a partir de la cual se fija el alcance de esta línea.
Lo curioso es que aunque la propiedad del inmueble denuncia que tan sólo se ve afectada una parte "mínima" del hotel según la Ley de Costas, las consecuencias es que todo el edificio queda afectado. Sin embargo, ni la Audiencia ni el Supremo parecen tener en cuenta estas argumentaciones y plantean que la Orden Ministerial que fijó el deslinde a lo largo de los más de tres kilómetros que discurren entre el Barranco de Playa Gorda y la Playa de Castro es ajustada a derecho. "Tras las pruebas practicadas en el expediente basadas en la observación directa y de los distintos estudios obrantes en el expediente, entre los que está un estudio geomorfológico y estudio fotográfico, ha quedado acreditado que el límite interior del dominio público queda correctamente definido y corresponde situarlo en el punto más interior alcanzado por las olas en los máximos temporales conocidos".
De hecho el tramo que ha sido cuestionado por la propiedad del Hotel se mantiene exactamente igual a como quedó fijado en el año 1964 sin que nunca su trazado hubiese sido puesto en duda hasta ahora. El Abogado del Estado, por su parte, consideró que en realidad los recurrentes no aportaron ninguna prueba para desarmar la orden ministerial sino que hicieron una alegación "abstracta" sobre las consecuencias que iba a traer consigo.

Durante el proceso judicial se pudo también demostrar que ni este hotel, ni el Acapulco III había contado nunca con una licencia por parte de la Dirección General de Costas.

http://www.canariasahora.com/noticia/224941/



viernes, 29 de junio de 2012

El alcalde de Tinajo confía en que la posible modificación de la Ley de Costas resuelva el deslinde de La Santa

El alcalde de Tinajo, Jesús Machín, ha confiado en que la posibe modificación de la Ley de Costas resuelva el deslinde de La Santa. Este mismo martes, el Boletín Oficial de Canarias (BOC) recogía la sentencia del Tribunal Supremo, que rechazó los recursos de casación interpuestos por el Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento sobre el deslinde de La Santa. Así, fijó el deslinde marítimo en 100 metros y no en 20 como pretendía el Consistorio.



Aunque Machín ha reconocido que ésta es “una mala noticia para Tinajo”, confía en que pronto existan “buenas noticias”. En este sentido, ha señalado este martes en Radio Lanzarote que el día 4 de julio el alcalde de Haría, José Torres, se reunirá con el director general de Costas para hablar sobre la modificación de la ley. “Parece que hay buena predisposición”, ha afirmado Machín.

De momento, el alcalde ha reconocido que la situación en La Santa “sigue igual” y ha vuelto a insistir en que no comparte la tesis de Costas, ya que considera que este pueblo era un núcleo urbano antes de 1.988, año en el que se aprobó la ley. “Costas entiende que la primera línea de La Santa está en dominio público y yo esto no lo comparto”, ha indicado.

Jesús Machín ha señalado que “no conoce bien” el cambio de normativa que podría sufrir la Ley de Costas, pero “por la información que tiene” cree que “se van a resolver los problemas de todos los núcleos que están constituido antes de la Ley”. “Los pueblos existían antes y eso no se respetó en muchos sitios”, ha criticado.

http://www.lavozdelanzarote.com/article71937.html

martes, 26 de junio de 2012

El Supremo salva de la Ley de Costas a Almáciga y Roque de Las Bodegas pero condena a Tachero

El Tribunal Supremo (TS) finalmente ha dado su brazo a torcer y reconoce que en dos núcleos situados en el Anaga profundo como son Almáciga y Roque de Las Bodegas la zona de servidumbre debe tener una anchura de 20 metros en vez de los 100 fijados hasta ahora por la Ley de Costas.


Esta resolución ya firme supone que ambos pueblos se salven de los rigores de esta legislación que mantenía a alrededor de 250 viviendas en situación de fuera de ordenación con las limitaciones que este régimen supone a la hora de devaluar el valor de las propiedades, imponer fuertes limitaciones a la realización de obras o incluso la posibilidad de proceder a derribos si se ejecutaran obras de interés general. No ocurre sin embargo así con Tachero donde el Supremo cree que no se dan las condiciones suficientes para calificarlo como núcleo urbano y por lo tanto mantiene la anchura de la zona de servidumbre en cien metros, lo que implica que la práctica totalidad del pueblo se sitúe dentro de terrenos de dominio público.

La lucha de estos vecinos junto con los de Igueste, también en Anaga, en contra de la ley de Costas se remota ha hace ya casi una década momento en el que el Estado comenzó a notificarles las consecuencias que la entrada en vigor de la ley iba a traer consigo. En el caso de Igueste hasta ahora todas las batallas judiciales se han saldado con un sonoro fracaso, pero sin embargo finalmente al menos Almáciga y Roque de Las Bodegas ha podido ver como sus argumentos salían adelante. El Supremo anula así en parte una sentencia anterior de la Audiencia Nacional que imponía que a lo largo de los más de 12 kilómetros de este tramo del litoral la zona de servidumbre tuviera una anchura de cien metros.

El recurso fue interpuesto por la Asociación de Vecinos Nuestra Señora de Begoña, en Almáciga, y dirigido por el letrado Juan José Rodríguez, después de haber acusado al Ayuntamiento de no haber elaborado con suficiente precisión los informes que probaran que antes de la entrada en vigor de la ley de Costas en el año 1988 estos núcleos contaban con las características suficientes para ser considerados urbanos. Estos es, que disponían de servicio eléctrico, alcantarillado, suministro y abastecimiento de agua, acerado, consolidación edificatoria y acceso rodado en condiciones. Finalmente, el Supremo estima que ocurría así en Almáciga y Roque de Las Bodegas pese a que los informes aportados por la Gerencia de Urbanismo y las empresas concesionarias de cada uno de estos servicios no resultaron siempre lo suficientemente claros. Pero no ocurre lo mismo con Tachero en el que ninguno de los documentos demostró de forma clara que se trataba de un núcleo urbano consolidado.


Así la empresa concesionaria del servicio de Aguas, Emmasa, apuntó que Tachero no contaba con servicio de alcantarillado. Un extremo negado por estos vecinos y por un antiguo directivo de la compañía quien testificó que los núcleos disponían de un precario sistema de agua potable. Otro informe encargado por la Corporación local a un ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, determinó que antes de la entrada en vigor de la ley se habían realizado obras básicas de infraestructura. La Concejalía de Servicios municipales tampoco fue muy concreta y en el informe elaborado no concluyó "de forma fehaciente" si el Ayuntamiento durante la década de los años setenta realizaba el suministro de agua potable, saneamiento y alumbrado en estos núcleos. La compañía eléctrica Unelco sí certificó que había instalado este servicio en 1968 en Almáciga, en 1973 en Roque de La Bodega pero no ocurrió así hasta 1994 en Tachero.

http://www.sanborondon.info/content/view/45030/1/