Nuestros pueblos costeros.Canarias

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Cho Vito, década de los 60

viernes, 13 de julio de 2012

La Ley de Costas no se aplicará en 11 núcleos conflictivos

La reforma de la Ley de Costas que ha preparado el Ejecutivo no solo amplía las concesiones de las casas construidas en la playa en 75 años, a contar a partir de que acabe la prórroga actual, como adelantó este diario, sino que diseña un régimen especial para 11 zonas problemáticas, a las que excluye del dominio público marítimo terrestre. Además, la superficie de la servidumbre de protección en las rías podrá bajar en algunos casos de 100 a 20 metros y se reduce la definición de dominio público.



La ley admite que habrá un deslinde especial más laxo para la isla de Formentera “debido a la especial configuración geológica” de la isla. Además, excluye del dominio público 10 núcleos de población que por su situación entrarían dentro de la definición de la zona pública. Se trata de Rocafel (Alicante), Puerto de Santa Pola (Alicante), Marina de Empuriabrava (Girona), Platja d´Aro (Girona), la ría de Punta Umbría (Huelva), el casco urbano de Isla Cristina y el Caño del Cepo (Huelva), Pedregalejo y El Palo (Málaga) y Oliva (Valencia). Estos pasarán a formar parte del Patrimonio del Estado, que se pueden vender. Los ecologistas lo ven como el paso previo para que pasen a manos privadas, ya que si se considera dominio público no se puede vender.



El texto, de 24 folios, justifica la reforma en que la ley vigente, de 1988, ha “tolerado resultados inaceptables medioambientalmente” y añade que el tiempo pasado desde su aprobación “se impone y consolida situaciones”. Así, la norma ha “provocado desconfianza y desconcierto”, que el Ejecutivo quiere recuperar dando seguridad jurídica.

En general, las concesiones de 30 años de uso del dominio público (que eran ampliables a 60) pasarán a tener 75 años ahora. Las concesiones empezaban a caducar en 2018 y se reforma para “evitar el riesgo de que se produzca la pérdida del derecho en un plazo tan breve, sobre todo teniendo en cuenta las dificultades que puedan tener los extranjeros”. Además, los dueños de las casas en la playa las podrán vender y hacer reformas sin permiso siempre que no aumenten de altura ni volumen.


La ley permite al delegado del Gobierno suspender los planes urbanísticos municipales que invadan el dominio público marítimo-terrestre y fija un régimen distinto para las playas urbanas y las contiguas a espacios protegidos, a las que se les impondrá “un nivel de protección alto” y se limitarán las ocupaciones.


La ley excluye del dominio público las “dunas artificiales y las dunas muertas”, lo que reducirá la zona pública en lugares como Doñana. Además, limita la definición del alcance de los mayores temporales conocidos parta establecer el dominio público. Hasta ahora, Costas recurría a veces a vestigios fósiles para demostrar que hasta allí llegaba el mar y por lo tanto debía ser dominio público. Ahora solo lo serán si hay “referencias comprobadas” de que allí llegaba el mar.


La ley exime a las marinas artificiales de ser dominio público, como la marina de Empuriabrava (Girona), al señalar que “no pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre aquellos terrenos que sean inundados artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto, siempre que antes de la inundación no lo fueran”.


La ley obliga a la Administración a incorporar en el Registro de la propiedad todos los deslindes. La falta de ese trámite había generado muchos problemas a los compradores que denunciaban que no habían sido informados.

Medio Ambiente autoriza a reducir en las rías la servidumbre de protección de 20 a 100 metros “en atención a las características topográficas o hidrográficas”. Esgrime que esa es la distancia en los ríos. Así salva muchos problemas en Galicia.

La norma también permite la publicidad en las playas –hasta ahora estaba prohibido- “siempre que sea parte integrante o acompañe a actividades permitidas en el dominio público”.


Las industrias (“extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera”) situadas en dominio público deberán superar un informe ambiental para prorrogar la concesión. Este trámite permitiría seguir en la ría de Pontevedra a la polémica papelera de Ence

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/07/13/actualidad/1342183082_524877.html





BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LEY DE PROTECCIÓN Y USO SOSTENIBLE DEL LITORAL Y DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE 22/1988, DE 28 DE JULIO, DE COSTAS

¡¡¡BIENVENIDOS A LA REPÚBLICA DE BANANARIA!!!





BORRADOR DEL ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE COSTAS.


http://ep00.epimg.net/descargables/2012/07/13/228609452cb18bc6b3da057d373a0278.pdf

La reforma de la Ley de Costas que ha preparado el Ejecutivo no solo amplía las concesiones de las casas construidas en la playa hasta 75 años, como adelantó este diario, sino que diseña un régimen especial para 11 zonas problemáticas, a las que excluye del dominio público marítimo terrestre. Además, la superficie de la servidumbre de protección en las rías podrá bajar en algunos casos de 100 a 20 metros y se reduce la definición de dominio público.


La ley admite que habrá un deslinde especial más laxo para la isla de Formentera “debido a la especial configuración geológica” de la isla. Además, excluye del dominio público 10 núcleos de población que por su situación entrarían dentro de la definición de la zona pública. Se trata de Rocafel (Alicante), Puerto de Santa Pola (Alicante), Marina de Empuriabrava (Girona), Platja d´Aro (Girona), la ría de Punta Umbría (Huelva), el casco urbano de Isla Cristina y el Caño del Cepo (Huelva), Pedregalejo y El Palo (Málaga) y Oliva (Valencia). Estos pasarán a formar parte del Patrimonio del Estado, que se pueden vender. Los ecologistas lo ven como el paso previo para que pasen a manos privadas, ya que si se considera dominio público no se puede vender.

El texto, de 24 folios, justifica la reforma en que la ley vigente, de 1988, ha “tolerado resultados inaceptables medioambientalmente” y añade que el tiempo pasado desde su aprobación “se impone y consolida situaciones”. Así, la norma ha “provocado desconfianza y desconcierto”, que el Ejecutivo quiere recuperar dando seguridad jurídica.

En general, las concesiones de 30 años de uso del dominio público (que eran ampliables a 60) pasarán a tener 75 años ahora. Las concesiones empezaban a caducar en 2018 y se reforma para “evitar el riesgo de que se produzca la pérdida del derecho en un plazo tan breve, sobre todo teniendo en cuenta las dificultades que puedan tener los extranjeros”. Además, los dueños de las casas en la playa las podrán vender y hacer reformas sin permiso siempre que no aumenten de altura ni volumen.

La ley permite al delegado del Gobierno suspender los planes urbanísticos municipales que invadan el dominio público marítimo-terrestre y fija un régimen distinto para las playas urbanas y las contiguas a espacios protegidos, a las que se les impondrá “un nivel de protección alto” y se limitarán las ocupaciones.

La ley excluye del dominio público las “dunas artificiales y las dunas muertas”, lo que reducirá la zona pública en lugares como Doñana. Además, limita la definición del alcance de los mayores temporales conocidos parta establecer el dominio público. Hasta ahora, Costas recurría a veces a vestigios fósiles para demostrar que hasta allí llegaba el mar y por lo tanto debía ser dominio público. Ahora solo lo serán si hay “referencias comprobadas” de que allí llegaba el mar.


La ley exime a las marinas artificiales de ser dominio público, como la marina de Empuriabrava (Girona), al señalar que “no pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre aquellos terrenos que sean inundados artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto, siempre que antes de la inundación no lo fueran”.


La ley obliga a la Administración a incorporar en el Registro de la propiedad todos los deslindes. La falta de ese trámite había generado muchos problemas a los compradores que denunciaban que no habían sido informados.


Medio Ambiente autoriza a reducir en las rías la servidumbre de protección de 20 a 100 metros “en atención a las características topográficas o hidrográficas”. Esgrime que esa es la distancia en los ríos. Así salva muchos problemas en Galicia.

La norma también permite la publicidad en las playas –hasta ahora estaba prohibido- “siempre que sea parte integrante o acompañe a actividades permitidas en el dominio público”.


Las industrias (“extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera”) situadas en dominio público deberán superar un informe ambiental para prorrogar la concesión. Este trámite permitiría seguir en la ría de Pontevedra a la polémica papelera de Ence.


http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/07/13/actualidad/1342183082_524877.html

SI YA HABÍA INSEGURIDAD JURÍDICA, CON ESTA MODIFICACIÓN LA HAN ELEVADO A LA ENÉSIMA POTENCIA ADEMÁS DE HACERLA DISCRIMINATORIA.


AHORA LA CONFISCACIÓN SERÁ A DEDO.