Nuestros pueblos costeros.Canarias

Nuestros pueblos costeros.Canarias
Cho Vito, década de los 60

jueves, 26 de julio de 2012

Director general de Sostenibilidad afirma que el anteproyecto de Ley de Costas prevé regulación especial para Canarias

El director general de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, Pablo Saavedra, ha afirmado que el anteproyecto de la Ley de Costas prevé una regulación especial para Canarias.


El director general de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, Pablo Saavedra, ha afirmado que el anteproyecto de la Ley de Costas prevé una regulación especial para Canarias.

"En el caso de Canarias el anteproyecto prevé una regulación especial para todos aquellos núcleos urbanos que tenían una zona de servidumbre de 100 metros y que, sin embargo, tenían ya una situación consolidada urbana en el momento en el que se aprobó la Ley de Costas de 1988", aseguró.

Para esos núcleos, agregó, que deberán estudiarse y proponerse desde el ámbito municipal, que es el competente, dijo, "se prevé la declaración de urbanos para reducir la zona de servidumbre de 100 a 20 metros", según informó la Delegación del Gobierno en Canarias en nota de prensa.

En este sentido, apuntó que "en esa realidad muchas" de las situaciones de Canarias "se van a ver reconocidas y beneficiadas" aunque matizó que "siempre que se cumplan los requisitos de la Ley" porque Saavedra resaltó que las "situaciones que eran irregulares antes de la Ley, en ningún caso, van a ser legales" a nivel nacional.

Así se mostraba el director general de Sostenibilidad en cuanto a las singularidades que se recoge en el anteproyecto de la Ley de Costas, que se prevé aprobar como proyecto de ley tras el verano, y donde se recogen diez núcleos en todo el litoral español, tras analizar "cada kilómetro de costa".


Al respecto, indicó que esos diez núcleos que se recogen, después de ser analizada la costa, "se prevé que pueden ser excluidos del dominio público por cumplir una serie de características, como posibles vías de desafectación".

Esto, en el caso de Canarias, apuntó, se han visto con "mucho detalle", ya que de los más de 8.000 kilómetros de litoral de España, el archipiélago canario "se lleva 1.500 kilómetros" analizándose un listado de 40 núcleos que reciben pérdidas de alegaciones, observándose que existe una temática "muy variada que no responde a esas características peculiares", apuntando a que "cada tipo de realidad tiene su tratamiento especial".

Finalmente, Saavedra incidió en que el anteproyecto recoge un tratamiento general de la costa española que tiende a "intensificar la protección del litoral y a dar más seguridad jurídica a todas" las viviendas.

http://www.20minutos.es/noticia/1549492/0/

¿Okupa en su propia casa?

Lleva tantos años batallando contra la administración que los documentos se apilan en su mesa. "Son quince años de litigios", aclara, contra la "abusiva" aplicación de la ley de Costas. Y el primero de los papeles que Jon Iturribarria muestra es el vetusto escrito del registro de la propiedad del molino de mareas de Portu Errota, construido en el siglo XVII, único en su condición en toda la costa vasca y catalogado como parte del patrimonio cultural de Euskadi. "La Diputación y los Ayuntamientos, desde 1827 en adelante, vendieron sus propiedades en la ría de Urdaibai a los vecinos", dice, "pero ahora las instituciones vienen a por la casa de la que somos legítimos propietarios desde el año 1965", en lo que califica como "una estafa en toda regla". "Es mi caso concreto, hoy en día soy un okupa en mi propia casa", indica gráficamente.


"No puedo ni arreglar el tejado que quedó afectado por un temporal en 1995", incide un hombre que, pese al desgaste que supone estar en permanente lucha con la administración, rezuma actividad. Tampoco puede arar los terrenos cercanos a su vivienda. "Prohibido", responde. "No reconocen la titularidad de nuestra casa, e incluso una sentencia contra mi causa del Tribunal Supremo amparó la confiscación de un bien privado", exclama, recordando que el estamento judicial "tampoco reconoció el derecho a la propiedad" en su caso concreto. Sin embargo, ha acudido a Estrasburgo, al Tribunal de Derechos Humanos, para reclamar que la normativa costera "viola el artículo primero del Convenio Europeo de Derechos Humanos", que apela a la propiedad privada.

El propietario del histórico molino de Gautegiz Arteaga, situado sobre las marismas de Urdaibai, defiende sus derechos en una Europa que ha dado varios tirones de oreja -sobre todo, mediante el informe Auken aprobado por la mayoría de los eurodiputados en 2009- al Gobierno español "para que cejase en la aplicación arbitraria" en la anterior Ley de Costas. Y sin embargo, "la situación se ha agravado", incide. Igual opinión mantiene Carmen del Amo, presidenta de la Asociación Europea de Afectados por la Ley de Costas con la que Iturribarria tiene un constante contacto. "La nueva normativa sigue violando los derechos humanos y agrava el problema. Y, además, con unas consecuencias impredecibles ", resumen desde el colectivo. Pero la última vuelta de tuerca de la larga historia de lucha del propietario de Portu Errota por salvar su molino ha llegado hace escasos días.

Fue la semana pasada cuando Iturribarria recogió una carta de Costas del País Vasco, firmada por el Jefe de la Demarcación, Fernando Pérez Burgos. Parecía un mero trámite más a los que está acostumbrado, pero el trámite era deleznable: iba remitida a la fallecida madre del titular de Portu Errota, y se dirigía a ella dándole respuesta a la alegación que supuestamente había presentado contra un proyecto que impulsa en Gobierno vasco en la Reserva de la Biosfera de Urdaibai. Le reclamaba la concesión sobre sus supuestos terrenos ubicados en dominio público marítimo-terrestre. "El tema es tan serio como que está tipificado en el Código Penal como falsedad en documento público", responde. Su lucha sigue


http://www.deia.com/2012/07/26/bizkaia/okupa-en-su-propia-casa

miércoles, 25 de julio de 2012

la nueva Ley de Costas margina "totalmente" a Canarias

El abogado y representante en Canarias de la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas, José Luis Langa, ha advertido hoy de que la reforma de la Ley de Costas "deja totalmente marginada a Canarias", que a su juicio es la región más afectada por la aplicación retroactiva de esta norma que data de 1988.


José Luis Langa califica en un comunicado de "injusto e incomprensible" que Canarias quede fuera de las excepciones que se contempla este borrador, entre las que se menciona a Formentera debido a su especial configuración geológica, según indica este borrador mientras que, según el abogado, Canarias tiene unas características "aún más especiales".

Langa pide que se tenga el mismo criterio para Canarias, tal y como así hizo saber en la reunión que el 7 de junio tuvo con el director general de Costas, Pablo Saavedra, en la que se dijo que se tendría en cuenta la singularidad de Canarias en la nueva ley.

Por otra parte, Langa aseguró que tampoco se contempla la anulación de la retroactividad de la ley para aquellos núcleos consolidados que existieran antes de la entrada en vigor de la norma, "algo que también apuntó en su momento el ministro de Agricultura, Miguel Arias Cañete, pues consideraba que esta retroactividad era injusta".

El letrado indicó que los afectados en Canarias no son capaces de comprender por qué un problema que afecta al diez por ciento de la población del Archipiélago y que, de no tomarse las medidas oportunas, puede acabar con la propiedad privada, la idiosincrasia y la cultura de un pueblo, no se está afrontando con todas las medidas a mano.

Para ello Langa anuncia que se pondrá en marcha la Asociación Canaria de Afectados por la Ley de Costas, que pretende no sólo aglutinar y defender los intereses de todas las personas perjudicadas por la norma, sino, sobre todo, lograr que todos se unan para hacer fuerza ante todas las instituciones públicas e instancias que sean necesarias para que los pueblos marineros y las zonas más representativas de nuestra cultura no desaparezcan.

El abogado ha hecho además un llamamiento a todos los políticos canarios, tanto los que están en el Congreso como en el Senado, para que desde allí "defiendan a Canarias, pues, independientemente del partido político en el que se encuentren, son canarios".

Asimismo, recordó que el Parlamento canario aprobó en septiembre de 2011 por unanimidad trasladar a Madrid la petición de que las competencias sobre Costas pasen a la Comunidad Autónoma, una propuesta que apoyaron todos los partidos políticos representantes en la Cámara regional.


Finalmente, Langa aclaró que de momento lo que se ha presentado al Consejo de Ministro es un borrador de modificación, por lo que aún están a tiempo de pedir que se incluyan excepciones para Canarias y, sobre todo, que se elimine la retroactividad de la ley.

Añadió que le gustaría invitar a los gestores de esta norma a Canarias para que conozcan la realidad de este pueblo y eviten tomar decisiones que afectan a miles de canarios sin tener en cuenta lo que aquí ocurre realmente.


http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1218172

domingo, 22 de julio de 2012

Propietarios de Urdaibai se unen contra la Ley de Costas que les «roba» terrenos

Exigirán en el Congreso de los Diputados que se respeten sus derechos y se modifique la normativa



Los propietarios de terrenos e inmuebles de Urdaibai han decidido unirse para reivindicar que se respeten sus derechos. En una charla mantenida el viernes con la parlamentaria del PNV, Arantza Tapia, en Gautegiz Arteaga, acordaron defender sus intereses en el Congreso de los Diputados «ante la usurpación de nuestros bienes por la Ley de Costas, una normativa retroactiva que lo único que persigue es quedarse gratis con nuestras propiedades».
La Ley de Costas, que entró en vigor en 1988 y es objeto de una profunda revisión, nació para evitar operaciones inmobiliarias abusivas en el litoral. Sin embargo, su aplicación ha supuesto la pérdida del derecho de propiedad para 400.000 afectados, que hasta la entrada en vigor de la norma eran los legítimos dueños de dos millones de metros cuadrados de extensiones. «Tenemos todos los títulos y escrituras que acreditan que son nuestras propiedades, pero Costas no los reconoce y los ha confiscado. Los ha declarado bien de dominio público marítimo-terrestre y no podemos hacer ni siquiera reformas», denunciaron.

Los vecinos de Gautegiz Arteaga, Forua, Kortezubi, Murueta y Busturia han decidido movilizarse tras la solicitud del Gobierno vasco a Costas de la concesión o derecho de ocupación de los terrenos de los residentes para afrontar un proyecto de recuperación en la marisma. Según los afectados, que han presentado doscientas alegaciones al plan, supone una violación de los derechos humanos porque no hay una contraprestación justa. «Incumplen el artículo 17 que establece que nadie puede ser privado de su propiedad más que por causa de utilidad pública, en los casos y condiciones previstos en la ley a cambio de una indemnización justa en un tiempo razonable. Nos roban sin darnos nada a cambio», añadieron. Durante los últimos días, la Demarcación de Costas ha enviado una carta a los propietarios con el fin de otorgarles una concesión de ocupación en lugar de reconocer la titularidad. Ellos temen que su propósito es «declarar que hay un interés general cuando le venga en gana y expropiártelo concediendo un 0,15% del valor del bien. Es decir, si vale 100.00 euros sólo te conceden 1.500».

«Falsedad documental»


En un caso particular como es el del propietario del molino de mareas de Portu Errota, Jon Iturribarria, que lleva peleando dieciséis años para que se reconozca su titularidad, se ha producido además un caso de «falsedad documental». Según Iturribarria, el jefe de la Demarcación de Costas, Fernando Pérez Burgos, remitió esa misma carta a su madre en la que asegura que ella pidió la concesión del molino, actualmente confiscado por Costas. «Esta petición es falsa porque ella falleció hace años. Simulan que los propietarios han solicitado una concesión para así quedarse con la propiedad y eso es usurpar. No podemos caer en esta trampa. Se escudan en que el Gobierno vasco quiere desarrollar un proyecto en Urdaibai para robar nuestras posesiones», declaró Iturribarria.

Los propietarios instan a las autoridades españolas a que revisen y modifiquen urgentemente la Ley de Costas a fin de proteger sus derechos como legítimos propietarios de viviendas y pequeñas parcelas en zonas de la costa que no ejercen un impacto negativo sobre el medio ambiente. «Y esto no sólo lo decimos nosotros. Lo exige el Parlamento europeo, que además amenaza con retirar fondos a España si el Gobierno insiste en despojarnos de lo que es nuestro», añadió Iturribarria. Tras la charla, Arantza Tapia anunció su intención de «arropar» a los propietarios en el Parlamento a través de mociones.


http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20120722/vizcaya/propietarios-urdaibai-unen-contra-20120722.html

Los deslindes en el anteproyecto de ley de costas

En su momento publiqué un artículo en este diario sobre la confiscatoriedad de los deslindes en las costas, por considerar que la ley vigente de 1988 constituía una de las más atentatorias al derecho de propiedad, así como a diversos principios constitucionales.



Me refería a la innovación introducida por la citada ley al considerar como bienes de dominio público marítimo-terrestre, entre otros, la ribera del mar y de las rías, y al delimitar dicha zona hasta donde alcanza el mar en su flujo y reflujo donde son sensibles los efectos de las mareas y, donde no lo sean, hasta donde alcancen los mayores temporales conocidos. La gran novedad es esa citada extensión a los mayores temporales conocidos, aun cuando revistan un carácter extraordinario, frente a los ordinarios de la legislación tradicional. El dominio público incluiría los terrenos que pueden alcanzar dichos temporales cualquiera que sea su naturaleza y origen aunque no respondan a periodicidad previsible alguna.
 Esto puede alcanzar grados incalificables de monstruosidad jurídica si se tiene en cuenta que, en numerosas ocasiones, se ha aplicado con carácter retroactivo, como ha ocurrido en Sagunto, Gandía, Barcelona, etcétera. No es, pues, de extrañar, que pudiera extenderse al llamado Prado Mayor, como ha sido sugerido en alguna publicación, paraje de sierra Espuña que en la actualidad está a más de mil metros de altura, pero que es una playa fósil, donde se pueden encontrar hasta dientes de tiburón.

En el anteproyecto con el que el Gobierno pretende modificar la Ley de Costas del 88 se conserva la redacción transcrita respecto a lo que debe entenderse por zona marítimo-terrestre, manteniendo la expresión de «? las olas de los mayores temporales conocidos, de acuerdo con las referencias comprobadas de que se disponga?». Por lo que la única innovación consiste en aludir a las referencias comprobadas. Este añadido no disipa las dudas que pueden plantearse en este aspecto, permaneciendo la enorme inseguridad jurídica. Considero que debería expresarse claramente que el citado dominio público debería extenderse únicamente al punto de alcance de aquellos temporales que se produzcan con una determinada periodicidad, de forma que sean perfectamente previsibles en el tiempo por su carácter de normalidad. Incluso me atrevería a sugerir, tal y como se hace en la legislación reguladora de los paisajes, en la que se obliga a redactar unos catálogos de lugares protegidos, que la Administración señalase una lista en cada autonomía de los temporales que revistan el expresado carácter de normalidad, de forma que queden perfectamente referenciados y excluyendo toda posibilidad de arbitrariedad a través de los expedientes de deslinde tan manifestadores del poder exorbitante del Estado.

En virtud de los expedientes administrativos de deslinde, las propiedades privadas reconocidas por sentencia firme vienen a transformarse, como antes, en concesiones, si bien se amplía el plazo a 75 años y con la innovación de la posibilidad de transmitirlas inter vivos o mortis. Un sistema similar, aunque de menor protección, es el conferido a los terrenos adquiridos de buena fe por terceros, protegidos por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Parece favorable, en cambio, el hacer obligatoria la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes de dominio público marítimo-terrestre, con lo que se viene a reforzar la seguridad jurídica.

Las modificaciones no vienen a salvar el carácter confiscatorio de los expresados deslindes, debido a que se lleva a cabo una expropiación sin el debido justiprecio, tal y como ordena el artículo 33 de la Constitución española. Por ello, se puede afirmar con rotundidad que los deslindes constituyen un grave atentado a los más grandes derechos del hombre, cuales son el de la libertad y el de la propiedad.

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/opinion/2012/07/22/deslindes-anteproyecto-ley-costas/0003_201207G22P20993.htm

Los deslindes en el anteproyecto de ley de costas

En su momento publiqué un artículo en este diario sobre la confiscatoriedad de los deslindes en las costas, por considerar que la ley vigente de 1988 constituía una de las más atentatorias al derecho de propiedad, así como a diversos principios constitucionales.


Me refería a la innovación introducida por la citada ley al considerar como bienes de dominio público marítimo-terrestre, entre otros, la ribera del mar y de las rías, y al delimitar dicha zona hasta donde alcanza el mar en su flujo y reflujo donde son sensibles los efectos de las mareas y, donde no lo sean, hasta donde alcancen los mayores temporales conocidos. La gran novedad es esa citada extensión a los mayores temporales conocidos, aun cuando revistan un carácter extraordinario, frente a los ordinarios de la legislación tradicional. El dominio público incluiría los terrenos que pueden alcanzar dichos temporales cualquiera que sea su naturaleza y origen aunque no respondan a periodicidad previsible alguna. Esto puede alcanzar grados incalificables de monstruosidad jurídica si se tiene en cuenta que, en numerosas ocasiones, se ha aplicado con carácter retroactivo, como ha ocurrido en Sagunto, Gandía, Barcelona, etcétera. No es, pues, de extrañar, que pudiera extenderse al llamado Prado Mayor, como ha sido sugerido en alguna publicación, paraje de sierra Espuña que en la actualidad está a más de mil metros de altura, pero que es una playa fósil, donde se pueden encontrar hasta dientes de tiburón.

En el anteproyecto con el que el Gobierno pretende modificar la Ley de Costas del 88 se conserva la redacción transcrita respecto a lo que debe entenderse por zona marítimo-terrestre, manteniendo la expresión de «? las olas de los mayores temporales conocidos, de acuerdo con las referencias comprobadas de que se disponga?». Por lo que la única innovación consiste en aludir a las referencias comprobadas. Este añadido no disipa las dudas que pueden plantearse en este aspecto, permaneciendo la enorme inseguridad jurídica. Considero que debería expresarse claramente que el citado dominio público debería extenderse únicamente al punto de alcance de aquellos temporales que se produzcan con una determinada periodicidad, de forma que sean perfectamente previsibles en el tiempo por su carácter de normalidad. Incluso me atrevería a sugerir, tal y como se hace en la legislación reguladora de los paisajes, en la que se obliga a redactar unos catálogos de lugares protegidos, que la Administración señalase una lista en cada autonomía de los temporales que revistan el expresado carácter de normalidad, de forma que queden perfectamente referenciados y excluyendo toda posibilidad de arbitrariedad a través de los expedientes de deslinde tan manifestadores del poder exorbitante del Estado.

En virtud de los expedientes administrativos de deslinde, las propiedades privadas reconocidas por sentencia firme vienen a transformarse, como antes, en concesiones, si bien se amplía el plazo a 75 años y con la innovación de la posibilidad de transmitirlas inter vivos o mortis. Un sistema similar, aunque de menor protección, es el conferido a los terrenos adquiridos de buena fe por terceros, protegidos por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Parece favorable, en cambio, el hacer obligatoria la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes de dominio público marítimo-terrestre, con lo que se viene a reforzar la seguridad jurídica.

Las modificaciones no vienen a salvar el carácter confiscatorio de los expresados deslindes, debido a que se lleva a cabo una expropiación sin el debido justiprecio, tal y como ordena el artículo 33 de la Constitución española. Por ello, se puede afirmar con rotundidad que los deslindes constituyen un grave atentado a los más grandes derechos del hombre, cuales son el de la libertad y el de la propiedad.

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/opinion/2012/07/22/deslindes-anteproyecto-ley-costas/0003_201207G22P20993.htm