Nuestros pueblos costeros.Canarias

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Cho Vito, década de los 60

sábado, 13 de julio de 2013

Una sentencia obliga al Estado a arreglar la carretera de Las Gaviotas

Los ciudadanos se quejan del mal estado de la vía pero el Ayuntamiento indica que la competencia es del Gobierno central tras ser condenado por el accidente de 1994
Tras poner fin al peligro por desprendimientos en Las Gaviotas, aunque de momento solo se puede utilizar el 70% de la playa, ahora los ciudadanos exigen al Ayuntamiento de Santa Cruz que acondicione y mejore la carretera de acceso a la misma. Sin embargo, y según una sentencia de la Audiencia Nacional, el mantenimiento de esta vía no es competencia del Consistorio chicharrero, sino del Ministerio de Medio Ambiente del Gobierno central, y en concreto, de la Dirección General de Costas. Dicha sentencia se produjo a raíz de la denuncia presentada por dos de los cinco ocupantes del vehículo que el 5 de julio de 1994 se precipitó por el barranco cuando se dirigía a esta playa. La Audiencia Nacional establece que la conservación de la vía de acceso a Las Gaviotas es responsabilidad del Estado y por eso lo condenó a indemnizar a estos dos ciudadanos, ya que el accidente se produjo por el deficiente estado en el que se encuentra la carretera.
El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, atendiendo a las quejas de los ciudadanos, ha solicitado a Costas que acondicione la vía, en la que también existe peligro por caídas de piedras, o que por lo menos la limpie. Sin embargo, el Ministerio de Medio Ambiente ha manifestado a la Corporación local que las competencias no están claras. Para el Consistorio chicharrero, la sentencia de la Audiencia Nacional ha despejado cualquier duda sobre este asunto, pues en ella se establece que el responsable de la conservación de la carretera de Las Gaviotas es el Estado. Aquellos que suelen disfrutar de esta playa de la capital esperan que no tenga que producirse otra tragedia para que se actúe, "sea la administración que sea".
El accidente del que se deriva esta sentencia se produjo a las 14:05 horas del 5 de julio de 1994. En el coche se encontraban cinco personas. Una de ellas, Cristina, perdió la vida, y los demás resultaron heridos. José Pablo, dueño del vehículo, y Agustín, otro pasajero, decidieron reclamar una indemnización ante la administración por lo ocurrido, ya que estos alegaron que el coche se precipitó por el barranco, con una caída de unos 150 metros, debido a la ausencia de señalización indicativa de peligro y al deficiente estado de conservación de la vía de acceso a Las Gaviotas, lo que determinó que la rueda delantera derecha del vehículo quedara atrapada en un bache existente en el firme.
Tras aceptarse la demanda de estos dos ciudadanos, se acordó emplazar al Gobierno de Canarias, al Cabildo de Tenerife y al Ayuntamiento de Santa Cruz para que aportasen información relativa a la titularidad de la carretera de acceso a la playa de Las Gaviotas y sobre la intervención que hubiesen podido tener en la construcción, reparación y mantenimiento de la vía. Previamente, el Ministerio de Medio Ambiente había declarado "inadmisible" la reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado presentada por José Pablo y Agustín, alegando "incompetencia" del citado Ministerio al no ser el titular de la carretera.
Una vez que se comprobó que el accidente efectivamente se había producido por el mal estado de la vía, pues la propia Policía Local indicó en un informe que "no tiene arcén, el pavimento asfáltico está muy deteriorado, la valla al borde de la calzada se encuentra en malas condiciones y su anclaje está muy oxidado y sujeto a tierra", se tenía que averiguar a cuál de las administraciones correspondía el mantenimiento de la vía.
El Ayuntamiento de Santa Cruz dejó claro en un decreto firmado por el alcalde en 1996 que la carretera no era de propiedad municipal. El Consistorio, el Cabildo y el Gobierno canario demostraron que la vía no figuraba en sus respectivos inventarios de bienes y redes de carreteras. Por lo tanto, "y a falta de su entrega o adscripción formal a otra administración territorial", la Audiencia Nacional establece que incumbe al Estado su mantenimiento y conservación en virtud de lo dispuesto en la Ley de Costas con respecto al acceso público al mar. Además, hay constancia de que Costas sí realizó actuaciones por ejemplo en el acceso a la playa de Igueste de San Andrés.
"Una vez establecido que el accidente se produjo por el mal estado de la vía y que correspondía al Ministerio su mantenimiento", la Justicia obliga al Estado a indemnizar con 88.846 euros a Agustín y con 12.052 euros a Jose Pablo
http://www.laopinion.es/tenerife/2013/07/12/sentencia-obliga-arreglar-carretera-gaviotas/486973.html

viernes, 12 de julio de 2013

Los ayuntamientos inician la defensa de sus barrios costeros ante Madrid

El Gobierno canario remitirá al Ministerio los informes municipales. El Ejecutivo pone marcha el recurso contra la nueva Ley de Costas
. Los ayuntamientos canarios afectados por la nueva Ley de Costas han iniciado los trámites demandados por el Ministerio de Medio Ambiente para consolidar sus barrios costeros como núcleos urbanos. El Gobierno de Canarias reunió ayer a los técnicos en materia de ordenación del territorio de los municipios para unificar los criterios en la documentación que han de presentar a Madrid antes del 31 de agosto y solucionar eventuales dudas sobre este proceso.

Dicha reunión técnica de los municipios de la provincia de Las Palmas, presidida por el viceconsejero de Política Territorial, Mario Pérez, se repite hoy con los ayuntamientos de la provincia de Tenerife. Como conclusión del encuentro, será el Gobierno canario quien se encargue de remitir al Ministerio la documentación que le aporten los ayuntamientos la próxima semana, a más tardar, para el reconocimiento de los núcleos costeros, construidos después de 1988, como urbanos. El Ejecutivo regional recuerda que el planeamiento de estos emplazamientos fue aprobado por las administraciones canarias en el 99% de los casos con informes positivos de Costas y del propio Ministerio, por lo que no entiende que Madrid pida de nuevo esta documentación en un plazo de tres meses y, encima, el Gobierno central tenga 18 meses para responder. La nueva Ley de Costas afecta a 80 emplazamientos, con unas 1.800 viviendas de las cuales en torno a 500 están en dominio público, indicó Mario Pérez. Al respecto, criticó que el Ministerio de Medio Ambiente haya excluido en esta legislación a 12 núcleos costeros situados en dominio público en toda España, "sin criterio alguno para hacerlo y rompiendo el principio de igualdad con respecto a otras comunidades", como Canarias, a la que no se le ha salvado ningún emplazamiento costero sito en dominio público aunque sea pintoresco o tenga valores históricos. Por tanto, los barrios costeros en dominio público que no han sido excluidos de la nueva Ley con 'nombres y apellidos' mantienen la misma consideración que en la legislación de Costas de 1988 y son susceptibles de ser derribados. En cuanto a los emplazamientos urbanos en zonas de servidumbre, de cumplirse la nueva Ley "se causan mayores perjuicios a los ciudadanos porque empeora sus condiciones ", explicó el consejero de Política Territorial, Domingo Berriel, quien no dudó en calificar la actual reforma de la Ley de Costas de 1988 como "un disparate" e inconstitucional. De hecho, el Consejo de Gobierno aprobó ayer iniciar el recurso de inconstitucionalidad contra la nueva Ley de Costas solicitando, como paso previo, el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias
http://www.laprovincia.es/canarias/2013/07/12/ayuntamientos-inician-defensa-barrios-costeros/544189.html

Informe Wertmann sobre la Ley de Costas.Parlamento Europeo julio 2013


Notas Introductorias

Este informe se centrará en la visita realizada por los miembros de la Comisión de Peticiones a Madrid en marzo de 2013, pero que abarcara cuestiones que han sido objeto de discusión y debate dentro de la Comisión de Peticiones durante muchos años. De hecho, va al corazón de lo que la mayoría de los ciudadanos y residentes europeos sienten que son sus derechos esenciales y fundamentales a sus hogares y propiedades, por una parte, y para el medio ambiente en el que viven, por otra parte. La lista de las peticiones recibidas, que describen la injusticia, la arbitrariedad y la irregularidad en la aplicación de la Ley de Costas española de 1988, es bastante larga y se adjunta al presente informe.

De hecho, fue hacia el final de la legislatura anterior que las pretensiones bien documentadas comenzaron a llegar al Parlamento, mientras que el Comité estaba en el proceso de preparación de lo que se convertiría en el Informe Auken. En la resolución al informe sobre el impacto de la urbanización extensiva en España, que fue aprobada abrumadoramente por el Parlamento en marzo de 2009, fue el siguiente párrafo sustantivo:

22. Reconoce y apoya los esfuerzos de las autoridades Españolas de proteger el medio ambiente costero y, cuando sea posible, restaurar el medio ambiente costero de una manera que permite biodiversidad y la regeneración de las especies autóctonas de flora y fauna y, en este contexto les apelan de revisar con urgencia y si es necesario revisar la Ley de Costas con el fin de proteger los derechos de los propietarios de viviendas legítimos y los que poseen pequeñas parcelas de terreno en las zonas costeras que no afectan negativamente en el medio ambiente costero; acentúa en que dicha protección no debe concederse a los desarrollos que están diseñados como empresas especulativas que no son propicias para el respeto de las Directivas Medioambientales de la UE; se propone revisar las peticiones que se han recibido sobre este tema a la luz de las respuestas de las autoridades españolas autoridades1;
Las narraciones del mismo informe proporcionado el contexto para esto, afirman:
O. Mientras que el año pasado las autoridades Españolas aprobaron unas instrucciones relativas a la aplicación de la Ley de Costas de 1988, que había sido abandonada por muchos años durante los cuales se produjeron grandes daños al medio ambiente en las zonas costeras de España, y mientras que ni las instrucciones actuales no proporcionan medidas de ejecución claras a seguir por las autoridades locales y regionales implicadas, y que muchas nuevas peticiones recibidas atestiguan el contenido retro-activo de las instrucciones y la destrucción arbitraria y demolición de propiedades adquiridas legítimamente, sus derechos a las propiedades y su capacidad de transferir sus derechos a través de la herencia,
P. Mientras que en vista del camino actual de la línea de demarcación, los afectados tienen la firme impresión de que se ha establecido de forma arbitraria, a las expensas de los propietarios extranjeros, por ejemplo en la isla de Formentera,
Q. Considera que esta Ley de Costa impacta desproporcionadamente en propietarios individuales que deberían tener sus derechos completamente respetados, y a la misma vez insuficientemente en los perpetradores reales de destrucción costal quienes han sido responsables en muchos instantes por desarrollos urbanos excesivos a lo largo de costas incluyendo zonas turísticas  y quienes tenían buenas razones para saber que estaban actuando inversamente contra las provisiones de la ley en cuestión.
La Comité de Peticiones invito a peticionarios a tener reuniones para discutir su caso en dos ocasiones: 2010 y otra vez en 2011, reuniones en las que las autoridades Españoles participaron. Una respuesta por escrito del 6 de julio de 2010, del entonces ministro responsable, María Elena Espinosa Mangana, a una serie de preguntas sobre la aplicación de la ley de 1988, no fue considerado satisfactorio por el Comité, que continuó con su trabajo sobre el tema.

Estos debates y discusiones se llevan a cabo en el Comité contra un telón de fondo de la crisis financiera internacional, la caída en el mercado inmobiliario español y el colapso de gran parte del sistema bancario español, en particular a nivel regional. Por lo tanto, era muy sensible y conflictivo, pero esto no impidió la continuación de la Comisión de Peticiones. Sin embargo, dada la complejidad y la sensibilidad de los expedientes en discusión, el Comité decidió, en su reunión de los días 21-22 noviembre de 2011 al crear un grupo de trabajo informal especial sobre los derechos de propiedad de España y la Ley de Costas. El Grupo de Trabajo inició sus trabajos en marzo de 2012 y se ha reunido ya en 8 ocasiones.

El presidente de la Comisión escribió al nuevo ministro español de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, D. Miguel Arias Cañete, en enero de 2012, informándole de los intereses y las preocupaciones de la Comisión con respeto a las propuestas del nuevo gobierno para reformar la Ley de Costas, que había anunciado el 13 de enero 20121.

En abril de 2012, el Director General del Ministerio responsable de la Ley de Costas hizo una declaración en la reunión del grupo de trabajo informal, en la que expone las propuestas del Gobierno para la reforma y respondió a preguntas de los miembros. Esto fue seguido en julio con una carta que contenía el nuevo anteproyecto de ley, que se distribuyó a los miembros del grupo de trabajo.

Dado el número de cuestiones planteadas se decidió preparar un cuestionario, que reflejaba muchos de los puntos expresados ​​por los peticionarios, para enviar a la Secretaría por sus comentarios y reacciones como miembros mantuvieron varias áreas clave de preocupación. Después de haber sido examinado por el grupo de trabajo y los coordinadores de la comisión, el cuestionario se envió el 25 de junio 2012. Las respuestas se consideran más adelante en este documento.

Los miembros del grupo de trabajo fueron animados por la aparente voluntad de las autoridades españolas para entablar un diálogo con ellos sobre este tema. Sin embargo, a pesar de los muchos intentos para iniciar nuevas conversaciones con las autoridades, apenas existió contacto antes de la respuesta al cuestionario que fue finalmente recibida el 26 de febrero 2013. Mientras tanto, los peticionarios habían estado manteniendo sus contactos con el Comité y el grupo de trabajo, y garantizando que los miembros fuesen informados de los avances y las negociaciones sobre el proyecto de ley en España, especialmente de cómo les afectaba, ya que tenían una serie de ONG medioambientales.
También llegaron noticias a la Comisión de la demolición de viviendas en algunas zonas costeras (Cho Vito) en virtud de la aplicación de la ley de 1988. El Comité había solicitado una moratoria, pero sin embargo la ley fue aplicada y ejecutada por los tribunales, sin la intervención del ministerio.
Las Propuestas de Reforma
El propósito de la reforma de la Ley de Costas 1988 es proporcionar una mayor seguridad jurídica a las personas que tenían propiedades en las zonas costeras españolas, y una mayor protección del medio ambiente costero. Esto siempre ha sido un tema clave para la Comisión, ya que la ley de 1988 había sido notoriamente mal y arbitrariamente aplicada - de ahí la necesidad de la reforma, según las autoridades. En su anteproyecto, el gobierno español proporcionó lo que ellos consideraban una definición más precisa de "dominio público", lo cual es otro elemento fundamental que condiciona los derechos reconocidos a las personas respeto a su propiedad. El proyecto también propone conectar las muchas deficiencias en el registro de la propiedad y también "para mejorar las condiciones que rigen tanto los plazos para la posesión y la transferencia de los derechos de propiedad".

El Secretario de Estado del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente proporcionó a los miembros con una exposición de motivos claros según la cual era necesaria una "revisión profunda del sistema actual". La previa (1988) ley "a veces toleraba resultados que eran inaceptables desde el punto de vista ambiental", en la exposición de motivos  se lee que la reforma pretende ser "un medio eficaz para la conservación del dominio público marítimo-terrestre y asegurar su uso por el público en general". La declaración proporcionaba medidas que permitían a las autoridades centrales a intervenir y bloquear efectivamente las medidas que las autoridades locales harían que podría "poner en peligro la integridad del dominio público marítimo-terrestre o la zona de servidumbre." Se propuso diferenciar entre playas urbanas y playas naturales próximos a las áreas protegidas o terrenos rurales. Las medidas también figuraban en el anteproyecto de ley que tiene el objetivo de mejorar la eficiencia energética y la conservación del agua de las viviendas en las zonas afectadas.

Se reconoció en el proyecto de ley que habían surgido problemas con respeto a la seguridad jurídica de la propiedad que había, a su vez, "dado lugar a la desconfianza y la confusión".

Desde la perspectiva de los peticionarios y la mayoría de los miembros del Comité, éste era un eufemismo. Sigue siendo también una cuestión política y constitucional difícil. La descentralización de la autoridad y el poder excesivo tácitamente pero visiblemente otorgado durante muchos años a las autoridades municipales, los gobiernos regionales, permitió a muchos ayuntamientos para abusar de su papel mediante la aceptación de programas masivos de construcción, que no prevé la supervisión adecuada o suficiente y, al final, dejó muchos compradores de vivienda inocentes maltratados y traicionados por empresas inmobiliarias y sus asesores. Esto va de la mano con lo que muchos ven como una corrupción y la colusión entre las autoridades políticas y de la industria de la construcción.

Se alentó a los miembros a aprender que el nuevo proyecto de ley contribuiría a la finalización de dicha negligencia - al menos dentro de los perímetros estrechos cubiertos por la Ley de Costas, - mediante la creación de nuevos y más claro directrices a seguir por todos. Esto sería en beneficio de los propietarios de viviendas, a los posibles compradores y para la industria de la construcción que debe ser capaz de embarcarse en un camino de desarrollo más sostenible. Por otra parte, las disposiciones ambientales que se describen al parecer destinados a preservar y proteger lo que zonas del medio natural se mantuvo después de los años de destrucción sin trabas.

Queda sin embargo una consideración importante que aún está sin resolver en parte, y que se relaciona con el derecho fundamental de la misma propiedad. En pocas palabras, la cuestión se enfrenta a dos conceptos diametralmente opuestos de los derechos de propiedad: el gobierno español no concede la propiedad de las viviendas construidas en las zonas costeras, pero en cambio considera que son las concesiones. Considerando que en virtud de la legislación de 1988, las concesiones se prolongó durante treinta años bajo la nueva propuesta que se extenderán en determinadas circunstancias a setenta y cinco años. Peticionarios, muchos de los cuales habían comprado su propiedad antes de 1988, o era propiedad  legada a la familia durante generaciones, sin embargo, consideran que se deben conservar los derechos de propiedad completa, sancionada por los hechos de la venta. Por lo tanto, los solicitantes no encontraron a ninguna propuesta aceptable que se retractaba de tales derechos adquiridos, y tanto más cuando sus efectos serían retroactivos.

El sistema de otorgamiento de concesiones se ha revisado y ampliado, como se ha mencionado,  hasta setenta y cinco años, y la transferencia de las concesiones será ahora autorizada por herencia legal o como un regalo durante la vida del propietario, siempre y cuando la notificación se realiza dentro de un período de cuatro años de limite. (mortis causa and inter vivos).

En su respuesta a las preguntas de los miembros sobre este punto, el Ministerio aclaró su razonamiento de la siguiente manera: "la demarcación asigna la propiedad y los derechos de propiedad al Estado, la creación de la demarcación de tal manera que la inscripción en el registro de la propiedad no puede prevalecer sobre el carácter de dominio público del demarcada propiedades". Indemnización a los propietarios privados que reclaman derechos de propiedad preexistentes por lo tanto sólo se proporciona como una concesión, el interés público prevalece sobre los derechos de ciudadanos privados. Los titulares de terreno dentro del DPMT, tienen, por esta razón, de acuerdo con la nueva ley, derecho de usufructo y deben de pedir autorización para hacer uso de la concesión, para lo cual deberán, además, pagar una cuota.

Protección se introducen contra industrias contaminantes potenciales establecidas en las zonas de costa, que sólo pueden obtener extensiones de sus concesiones existentes cuando subyugados a un informe favorable de la Agencia de Medio Ambiente regional.

La ley tiene el objetivo de establecer límites claros y será obligatorio para registrar el terreno en el dominio público marítimo-terrestre para que el registro de la propiedad refleja la realidad física de la costa, algo que la ley de 1988 manifiestamente no logró. Se propone la anotación en el margen del registro relativo a las viviendas afectadas por el deslinde que se ha diseñado para garantizar una mayor transparencia.

Los dueños de la propiedad en las zonas de servidumbre podrán ahora realizar mejoras y modernización de la propiedad, siempre que no aumenten el tamaño del edificio, la superficie o la altura. Estarían obligados a hacer declaraciones con respecto a su conformidad con los requisitos de ahorro de agua, eficiencia energética y. Un marco jurídico específico que se crea para los sitios de interés cultural y que son de dominio público. Unas zonas construidas dentro de dichas áreas permanecerían como tales y la prohibición se estableció para cualquier nuevo residencial u hotel propuesto

La legislación revisada tiene también como objetivo la "protección sostenible y la mejora de la línea de costa". El Gobierno se compromete a respetar no sólo los términos de la Convención de Barcelona que tiene por objeto la protección del medio ambiente marino del Mediterráneo, sino también la Convención RAMSAR y las Directivas de la UE, en particular la Directiva sobre hábitats y la red de Natura 2000.

Las organizaciones ambientales sin embargo expresaron su preocupación de que la nueva ley, de hecho, representa un importante retroceso en la protección del litoral, que potencialmente permitiese la destrucción de importantes ecosistemas tales como marismas y sistemas de dunas y reducir el margen o la protección permitida por estuarios y ríos de 100 metros con sólo 20 metros.
Misión de Madrid
El 21 de noviembre de 2012, el grupo de trabajo informal envió una carta al presidente de la Comisión que se indica el alcance de su trabajo realizado en los nueve meses transcurridos desde su creación, y pidió una visita de investigación urgente a Madrid. Sin embargo, no fue hasta el 21 a 22 marzo 2013 que una visita oficial fue autorizada.
Cuando la delegación llegó a Madrid, el nuevo proyecto de ley ya había sido aprobado por el gobierno, había sido objeto de debate en la cámara baja y se esperaba su aprobación por la Cámara Alta del Parlamento español. Las solicitudes para reunirse con el Presidente de la Comisión de Medio Ambiente no fueron respondidas por el Parlamento español. Sin embargo, los amplios debates fueron capaces de proceder con muchos peticionarios, quienes hicieron su camino a Madrid para reunirse con la delegación, con el señor Pablo Saavedra Inaraja y sus colegas de alto nivel en la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, así como con las asociaciones ecologistas, agrupados dentro de la plataforma "No a Nuestra Costa" que habían estado previamente en contacto sobre este tema con la Comisión de Peticiones.
Los Peticionarios

El 21 de marzo de 2013, la delegación organizó una reunión abierta con los muchos peticionarios, algunos de los cuales ya habían mantenido un contacto permanente con el Comité, después de haber comparecido ante la Comisión en Bruselas. El objetivo en esta ocasión fue más para formular una evaluación y medir la reacción de los peticionarios a la nueva legislación, que mirar más profundamente en cada caso - aunque, inevitablemente, también era necesario con el fin de destacar las denuncias que se ejercidas sobre la reforma de la Ley de Costas.

Todos los peticionarios consideran que tenían títulos legales de sus propiedades, y se estima que entre 200 y 400 mil personas podrían verse afectadas por esta legislación. Los peticionarios señalaron que el medio ambiente costero español ha sido espectacular e irremediablemente destruido más extensos tramos, sobre todo a lo largo de la costa mediterránea y las islas, no por los individuos que poseían propiedades pequeñas, sino debido a la construcción especulativa que había tenido lugar durante los muchos años después de la original Ley de Costas se había adoptado en 1988, impulsado por la complacencia y, a veces las prácticas corruptas de las autoridades políticas.

La ley original no fue vista como apta para el propósito de su aplicación y las dudas más graves se expresaron de que su sucesora sería de alguna manera capaz de cumplir con su tarea en materia de protección del medio ambiente costero, y menos aún en cuanto a la legítima los derechos de los pequeños propietarios, muchos de los cuales eran ciudadanos no españoles de la UE que habían optado por beneficiarse del derecho a la libertad de circulación y de establecimiento concedido conforme a la legislación comunitaria.

Varios de los peticionarios españoles señalaron las graves anomalías que se han producido en las zonas cercanas a sus hogares, donde se han construido nuevas urbanizaciones, sin embargo una casa que había permanecido en la misma familia durante seis generaciones y estaba más lejos de la costa fue objeto de demolición (petición 395/2010). En otro caso, el Estado había vendido propiedades confiscadas.

La mayor parte de los peticionarios presentes confirmaron su oposición a que una concesión proporcionándoles el derecho a usar su propiedad, o a mejorarlo, aunque se amplíe a setenta y cinco años, no era el equivalente al pleno respeto de sus derechos y que les negaban el derecho a vender su propiedad con el valor de mercado original. Por otra parte, la legislación proporcionaba a las autoridades el derecho de rescindir la concesión de una manera que se podría ver totalmente arbitraria, y la propiedad aún podría ser demolida sin ninguna razón justificable. Los peticionarios presentaron ejemplos de propiedades costeras privadas que se demolieron para construir una zona de paseo a lo largo de la costa, que destruyó el entorno natural de toda la zona.
           
Otro se refirió a su casa familiar, construida en un terreno costero en 1899 a lo largo de un promontorio de catorce kilómetros, que ahora es objeto de demolición. Será expropiado sin una compensación adecuada (petición 174/2008). Otro demandante indicó que su casa, así como la de sus vecinos, han acabado entro de los límites de la zona costera como consecuencia de la extracción de la arena costera y otras obras hidráulicas a lo largo de la zona de playa, financiado por la Unión Europea, además. Por lo tanto han pasado a formar parte del dominio público que no era el caso cuando legalmente compraron sus propiedades con vista al mar en la década de 1980 (petición 119/2009). También corren el riesgo de demolición y sin compensación.

Prácticas arbitrarias bajo la ley de 1988 también fueron denunciados a través de ejemplos de las Islas Canarias, en Tenerife Cho Vito (petición 274/2009), donde una comunidad local entera viviendo en casas antiguas de pescadores había sido desalojada y sus hogares destruidos sin ningún beneficio tangible a nadie o el medio ambiente. Sus derechos habían sido abusados y negados, motivado por decisiones burocráticas y políticas, y sostenidos por documentación falsa, según dijeron. En tales circunstancias, sigue siendo muy difícil de poner cualquier confianza en las leyes de los países y su aplicación justa.

Como resultado de la extensión del puerto de Valencia, viviendas en El Saler ahora estaban sujetos a las disposiciones de la Ley de Costas después de la eliminación de las dunas de arena que desembocaría a sus hogares siendo inundados, confiscados y destruidos (peticiones 606/2009 y 1499/2009). Otro autor describió cómo su comunidad se sentía impotente ante el peso de los abogados poderosos empleados por empresas con intereses en la zona costera y su desarrollo, que buscan la eliminación de sus pequeñas casas de la zona costera (petición 881/2009). En Santa Pola, las protestas surgieron porque las personas estaban perdiendo sus hogares mientras que los bares y restaurantes estaban autorizados a permanecer. Los tribunales no intervinieron para proteger los derechos de los propietarios de viviendas, bajo la presión de los intereses financieros locales en la industria del turismo. Se dieron varios ejemplos en que la ley de 1988 no había impedido la demolición de sus casas y se construyeran hoteles en su lugar, sobre todo en las islas Baleares y en Cho Vito,las islas Canarias (peticiones 494/2010 y 678/2012)  En Murcia, en la Isla de Mazarrón, habían otros ejemplos donde las casas locales habían entrado en el dominio público porque el desarrollo portuario había borrado la playa y las 39 viviendas afectadas ahora habían perdido su valor de mercado y con sujeción a las condiciones establecidas con carácter retroactivo del dominio público.

Desde el País Vasco a Cádiz, los peticionarios describieron cómo las costas eran, de hecho, mantenidas y limpias, y las playas limpiadas por las personas del lugar que ahora se encontraban con que sus casas iban a formar parte del dominio público con un grave riesgo de que las concesiones se retirarían. Viviendas familiares privadas que anteriormente tenían un valor de mercado € 500.000 se perderían  virtualmente todo su valor, temieron (petición 103/2009). Los tribunales parecen haber dejado de intervenir para proteger los derechos de los ciudadanos en muchas de esas circunstancias.

El único grupo de peticionarios que parecían ser capaces de beneficiarse de la nueva legislación eran los de Empuriabrava (petición 296/2009) como su sitio muy específico donde las casas están construidas alrededor de las zonas de navegación interior junto a la costa, debían ser objeto de una excepción especial, el concedido a otras once áreas especificadas. Sin embargo, algunos peticionarios consideraron que la identificación de estas áreas sin criterios claros podría ser discriminatorio.

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Las Autoridades:

El 22 de marzo por la mañana, la delegación se reunió con autoridades del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. En su declaración de apertura, el Director General de Asuntos Costal Pablo Saavedra indicó que la fuerza impulsora detrás de la nueva legislación es la necesidad de resolver los problemas y malas experiencias que había ocurrido bajo la ley de 1988. Afirmó que se habían tenido en cuenta las opiniones del Parlamento Europeo por el Ministerio en la elaboración de la nueva legislación, para el que también había habido consultas públicas.

Sr. Saavedra indicó que, una vez que la nueva ley de la revisión de la Ley de Costas se aprobó a finales de mayo, tras el examen de las enmiendas presentadas en el Parlamento, una disposición adicional, actualmente en preparación, sería entonces necesario examinar, definiendo más 'legal certeza "de la propiedad. No dio más detalles más allá de esto, excepto para decir que el reglamento debe ser aprobado antes de finales de 2013, momento en el que uno debe "ser capaz de considerar este tema como resuelto".

El gobierno había intentado, según el Sr. Saavedra, de encontrar un equilibrio entre los distintos intereses que protegiera la costa y dejaría a todos disfrutar de ella como de dominio público. Sr. Saavedra reiteró mucho que se ha mencionado anteriormente en este informe, en relación con las propuestas de reforma, y elaboró ​​más sobre algunas de las principales cuestiones, en particular la distinción entre playas urbanas y naturales - que algunos miembros pusieron en duda debido a la falta de criterios utilizados para las áreas de servidumbre de 20 metros e indicadores de cambio climático. Reconoció que la ley no podía esperar obtener 100% de satisfacción de todas las partes.

En cuanto a la cuestión de la indemnización, el Sr. Saavedra se refirió a una resolución de 1991 por el Tribunal Constitucional español, que de hecho confirmaron que las concesiones otorgadas a los dueños de propiedades en el DPMT pueden considerarse compensatoria. Según él, el gobierno había mejorado, sin embargo en esta ampliando considerablemente el período de concesión y garantizar los derechos de herencia.

La actividad económica también se encuentra una mayor seguridad jurídica en la nueva legislación, agregó, lo que beneficiaría a algunas de las concesiones, principalmente para el turismo y la industria cultural. Protección del medio ambiente se ha mejorado, según él, por la introducción de evaluaciones de impacto específicas para las zonas industriales y grandes instalaciones en el dominio público.

En sus comentarios, los miembros plantean una serie de cuestiones que siguen siendo motivo de preocupación. Los miembros no estaban convencidos, por ejemplo, la referencia a la resolución 1991, y consideraron que una decisión prejudicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre esta cuestión podría ser útil para todos los interesados. Los criterios para la retirada de una concesión tampoco estaban claros para muchos de ellos, que temían que serian de carácter arbitrario como lo habían sido desde 1988. La misma línea de demarcación también fue aparentemente abierto a la manipulación, y había expresado su preocupación de que los grandes intereses podrían "comprar por sí mismos" del dominio público.

Al concluir el debate, el Director General indicó que, en el pasado, la falta de seguridad jurídica había surgido en parte debido a los límites de demarcación incorrectos, debido a los derechos de propiedad y por la parte de acumulación en los registros de propiedad y registro. La legislación revisada fue diseñada para hacer frente a estos aspectos. La intención del Ministerio es hacer compatible la ley para proteger el dominio público y asegurar que las actividades sostenibles pudieron llevarse a cabo dentro de esa área.

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Los ONG Ambientales:

El 22 de marzo por la tarde, la delegación se reunió con varias asociaciones ecologistas. Los miembros fueron capaces de centrarse más específicamente en las alegaciones sobre el impacto ambiental de la Ley de Costas revisado. Las ONGs (WWF, Greenpeace, EA, Birdlife) fueron profundamente críticos con el hecho de que la ley anterior no se había respetado o aplicado correctamente y que las autoridades locales y regionales habían ignorado conscientemente sus disposiciones cuando urbanizando la costa y destruyendo toda los eco-sistemas, que enfatizaban deberían haber permanecido protegidas.

La nueva ley, temían, bien podría empeorar la situación debido a las numerosas excepciones políticos que se estaban negociando en su interior. Protección del medio ambiente costero, o lo que queda del medio ambiente natural, sería aún más problemático, dando menos protección general de las zonas costeras y el aumento de la explotación económica, y cuestionaron la compatibilidad de la legislación con la propuesta de Directiva estableciendo un marco de espacio marítimo planificación y gestión integrada de las costas.

Las asociaciones ecologistas señalaron que, como en el pasado, no habían garantías de que todos las autoridades regionales o locales realmente respetarían o aplicarían esta revisión de la legislación, ya que no tenían ni los medios ni incentivos adecuados para hacerlo. Esto implica que la ley revisada se beneficiará muy pocas personas y sólo muy grandes intereses. Asociaciones ambientalistas temen que ciertas nuevas urbanizaciones - originalmente construido en zonas protegidas o restringido bajo la antigua ley se eliminarán de dominio público, ya que ahora se considera que caen dentro de las áreas urbanas costeras, y alertaron que esto se está haciendo en un momento en las áreas marinas de los espacios Natura 2000 aún no han sido designados. Por lo tanto, los que violaron la ley en el pasado, cuando cientos de kilómetros del entorno costero se destruyeron efectivamente por el frenesí de construcción, están ahora protegidos por la nueva ley y no tienen nada que temer, está cubierto por una amnistía de facto en construcciones ilegales. Los ecologistas alertaron de que no se ha considerado el impacto masivo que ha tenido en la frágil costa mediterránea y atlántica y sus bio-sistemas.

Observaciones finales

Como resultado de estas reuniones y también las discusiones celebradas en el grupo de trabajo informal, los miembros siguen teniendo un gran escepticismo sobre el grado en que la versión revisada de la Ley de Costas, que ha sido aprobada por el Parlamento español y convertirse en ley, se llevará a cabo coherentemente y esté a la altura de los objetivos del Ministerio para mejorar la protección concedida al medio ambiente costero.

Además, los miembros siguen preocupados por las importantes mejoras que aún se necesitan en términos de los derechos de propiedad y la adquisición con el fin de cumplir con las normas europeas comunes. ¿Por qué es verdad que el Comité ha pasado tanto tiempo tratando con las preocupaciones de los ciudadanos de la UE sobre sus derechos de propiedad en España y prácticamente en ningún otro país de la UE? En cierta medida, el auge de la construcción y el número de casas que se compran y se venden podría explicar esto, pero la abrumadora evidencia sugiere que las peticiones se presentaron porque algo está seriamente mal con el enfoque de las autoridades españolas y abogados españoles. El número de peticiones que llegan al Parlamento Europeo son de ciudadanos españoles como de los ciudadanos no españoles. Esto sugiere que el acceso a una revisión efectiva de las decisiones administrativas, a la protección legal y la compensación de daños efectivos en un plazo razonable sigue siendo a menudo insatisfactoria.

En sentido estricto, en los términos del Tratado de la UE, nada obliga a España a modificar su posición y está claro que el Gobierno español y el Parlamento tienen competencia plena, constitucionalmente y políticamente, para decidir y adoptar las medidas legislativas. El "sistema de la propiedad" sigue siendo de competencia del Estado miembro. Sin embargo, el Tratado de la UE en virtud del artículo 6 y en la Carta de los Derechos Fundamentales, el artículo 17, también contienen disposiciones relativas a los derechos de la gente a su propiedad. Por lo tanto, la gente tiene expectativas legítimas de que la UE y el Parlamento, en particular, deben defender estos derechos en su nombre cuando se ven socavados o violados. Por otra parte, el artículo 3 del Tratado de la UE obliga a todos los estados miembros de la UE a un nivel elevado de protección y mejora del medio ambiente. El artículo 191 del TFUE refuerza este compromiso y obliga a los Estados miembros a adoptar los principios de precaución y tomar medidas preventivas cuando sea necesario. El hecho de que en el preámbulo de la nueva legislación, se hace referencia al informe aprobado por el Parlamento Europeo como detonante de esta reforma, es muestra de que lo que las instituciones de la UE y el Parlamento, en particular, dicen, es de importancia para el legislador español.
Es discutible si estos compromisos y disposiciones han sido plenamente reconocidos por las autoridades españolas en la Ley de Costas revisada y si la justicia ha sido finalmente establecida tanto para los propietarios de los bienes o el medio ambiente. La consulta pública fue organizada por el Ministerio y esto era importante; pero si tenía un impacto real en el resultado está mucho más abierto, teniendo en cuenta las reacciones de los peticionarios y de las asociaciones de los que ha oído el Comité.

Es lamentable el hecho de que esta revisión de la Ley de Costas ha fallado en gran medida a aumentar la seguridad jurídica sobre los derechos de propiedad, que es un requisito indispensable de cualquier mercado de la vivienda sostenible. Además, el hecho de que la línea de demarcación está potencialmente sujeto a revisión cada vez que hay un cambio en la línea de la costa (a partir de la erosión costera, por ejemplo, o de la construcción de un nuevo puerto deportivo) crea incertidumbre adicional, lo que puede ser legal hoy puede quizás no serlo mañana.

Aunque la ley indica que el registro de la propiedad debe ser actualizado, hay poca evidencia de cualquier avance en este sentido por las autoridades regionales y locales, y este sigue siendo un serio problema. Cuando esto se evalúa en el contexto de una ampliación del plazo concesional, que a su vez queda menos clara en cuanto a la fijación de períodos de tiempo específicos (en qué criterios es una concesión otorgada por 75 años, y cuando no lo es?). Entonces, miembros consideran, todavía hay demasiadas incertidumbres para los ciudadanos europeos para hacer frente en relación con sus derechos de propiedad. Como se ha dicho también, las concesiones no están consideradas por la mayoría de los miembros como una compensación justa por la posible pérdida de valor de las propiedades privadas de propiedad de dominio público de reciente creación.

En cuanto al objetivo esencial de la protección del medio ambiente de las zonas costeras, los miembros consideran que todavía hay demasiadas deficiencias y ambigüedades de la nueva legislación, a pesar de las ambiciones originales del Ministerio de Medio Ambiente a este respecto. La reducción de las zonas de servidumbre de las rías costeras parece particularmente injustificada. Hay que reconocer con mayor claridad que el "desarrollo económico" - que es principalmente sinónimo de la industria de la construcción, lamentablemente, es fundamentalmente incompatible con la protección de una zona costera muy vulnerable y frágil ecológicamente. La nueva ley ha perdido la oportunidad de garantizar que la nueva Directiva Marco de la UE sobre la Gestión Integrada de Zonas Costeras está claramente aceptada, y no ha reconocido plenamente tanto las Recomendaciones del Consejo de la UE de 2002 o el Protocolo del Convenio de Barcelona, ​​ratificado en 2010, sobre el mismo tema. Los miembros siguen siendo inciertas que se respeten plenamente una serie de directivas de la UE.

Teniendo en cuenta estas conclusiones, y teniendo en cuenta los amplios debates en el seno del grupo de trabajo y entre los miembros de la delegación que visitó Madrid en la materia se hacen las siguientes recomendaciones.

Recomendaciones para el Borrador

                      Pide a la Comisión Europea, debido a las preocupaciones expresadas contenidas en el presente informe en relación con la nueva Ley de Costas, a participar en un examen exhaustivo de la conformidad de la nueva legislación a las directivas relacionadas con la UE, en particular con la Directiva Hábitats, la Directiva Aves , la Directiva Marco del Agua, la Directiva de las aguas de baño, la Directiva sobre las aguas residuales urbanas, la Directiva de evaluación ambiental estratégica, la Directiva sobre inundaciones, así como la nueva Directiva marco sobre la Directiva de Gestión integrada de Zonas Costeras y otras normas relacionadas, aplicables en el Europeo Unión y que informe a esta Comisión en diciembre de 2013.
                      Alienta a las autoridades españolas a nivel nacional para trabajar a través de una mayor cooperación con las Comunidades Autónomas con el fin de promover y preservar, y en lo posible para regenerar las áreas ambientales costeras, que en muchos casos han sido seriamente degradadas como consecuencia a la construcción excesiva frecuente, así como los proyectos de construcción, algunos de los cuales tienen dudosa legalidad. Las áreas costeras protegidas deben dejar de utilizarse para la construcción de nuevos inmuebles, edificios o viviendas.
                      En este mismo contexto, insta a las autoridades responsables a nivel nacional y regional para aclarar y defender los derechos de todos los ciudadanos de la UE afectados y residentes a su propiedad legítimamente adquirida. Recomienda que las autoridades españolas establezcan un sistema completo y justo de compensación financiera para todos los propietarios legales cuyos hogares pueden ser objeto de demolición o expropiación como consecuencia de la aplicación de la Ley de Costas.
                      En cuanto a las propiedades que se han descrito como "edificios ilegales en o cerca de las zonas costeras, y por los que muchos ciudadanos europeos, incluidos los españoles, se han convertido en víctimas involuntarias, exhorta a las autoridades judiciales españolas de investigar y perseguir a los agentes privados o autoridades públicas que han actuado fuera del marco legal formal en la atribución de derechos de construcción y llevarlos más rápido a la justicia, al tiempo que garantiza que las víctimas de este tipo de operaciones, que compraron sus propiedades de buena fe, tengan derecho a una compensación completa y justa.
                      Hace un llamamiento a las autoridades para emitir directrices claras a todas las autoridades regionales y locales, sobre la base de criterios objetivos y no discrecionales, en cuanto a la atribución de las concesiones a los propietarios legítimos existentes que son dueños de las viviendas dentro de las zonas costeras, garantizando una aplicación justa y uniforme de la ley. Reitera sin embargo, fuertes reservas de la Comisión sobre la existencia de tales concesiones.
                      En cuanto a la delimitación del dominio público, insta a las autoridades a aplicar criterios técnicos objetivos que no deben discriminar entre los propietarios como resultado de su condición o nacionalidad, y para garantizar que, cuando puede ser necesario aplicar excepciones, que estén justificadas de manera clara y transparente, que en todo caso tiene que ver con la protección y mejora del medio ambiente y no a los intereses financieros o comerciales.
                      Llama para una moratoria o paralización de todos los casos pendientes ante los tribunales en relación con las viviendas situadas en las zonas costeras sujetas a posibles modificaciones de la línea de demarcación con el fin de preservar la demolición de los edificios posibles que después se puedan caer fuera del dominio público.
                      Exhorta al registro de la propiedad y los registros catastrales para ser actualizar al día con rapidez y precisión, garantizando que todos los dueños de propiedad dentro de las zonas de demarcación estén debidamente informados sobre sus derechos y los medios de acceso a la justicia en caso de que crean que esto es necesario con el fin de proteger sus intereses legítimos.
                      Llama a las autoridades para aclarar la distinción entre playas naturales y urbanas, y de adoptar medidas para prevenir eficazmente la invasión de las playas urbanas a las zonas clasificadas playas naturales.
                      Reitera su llamada para que la justicia sea efectiva y oportuna, teniendo en cuenta que las demoras excesivas en la administración de justicia es en sí misma una injusticia inaceptable. Dentro de este contexto, donde  los procedimientos judiciales sean empezados, insta a todas las partes a tener en cuenta la posible utilidad de peticiones para decisiones prejudiciales dirigidas al Tribunal de Justicia Europeo donde cuestiones de legislación de la UE están en peligro y donde no hay acte claire.
                      Al acoger  el reconocimiento de cambio climático en la nueva legislación costera, y la necesidad de adaptar la gestión costera a sus efectos inevitables, pide una mayor claridad en las disposiciones relacionadas con esto en términos de criterios específicos, mecanismos de aplicación y normas de aplicación.

jueves, 11 de julio de 2013

Canarias inicia los trámites para presentar el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Costas

El Consejo de Gobierno de Canarias ha iniciado durante su sesión de este jueves los trámites para presentar el recurso de inconstitucionalidad contra el contenido de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1998, de 28 de julio, de costas.
De esta manera, el Ejecutivo regional entendió que existen motivos suficientes como para presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la norma, por lo que ha acordado solicitar el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, como paso previo a su interposición ante el Tribunal Constitucional.
Asimismo, comentó que existen al menos cuatro aspectos concretos que podrían ir en contra de lo dispuesto en la Carta Magna.
En primer lugar, el apartado 38, del artículo primero de la norma supondría una clara vulneración de la autonomía local. El texto establece que "la Administración General del Estado podrá suspender en vía administrativa los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo-terrestre o de la servidumbre de protección".
Aquí, el Gobierno opinó que la capacidad para anular decisiones municipales corresponde en nuestro ordenamiento jurídico sólo a los Tribunales de Justicia, por lo que se estaría otorgando a los Delegados y Delegadas del Gobierno un poder de decisión y control sobre la autonomía municipal que vulneraría el actual reparto competencial.
De hecho, el consejero de Obras Públicas del Gobierno autonómico, Domingo Berriel, ha llegado a calificar esta parte del artículo como "la de la vuelta de los Gobernadores Civiles de la etapa predemocrática".
VULNERA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD
Otro motivo que da desde la administración autonómica es que la Ley vulnera el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley, por el trato diferenciado que hace de varios núcleos peninsulares, sin la adecuada motivación. El texto legislativo establece hasta doce núcleos peninsulares que son catalogados como excepciones en la obligación que tiene el Estado para la protección del dominio público marítimo-terrestre.
En su disposición adicional séptima, la norma considera que "los terrenos en los que se asientan dichos núcleos no son necesarios para la protección o utilización del dominio público" y que "se trata de áreas de viviendas históricamente consolidadas y altamente antropizados".
En este sentido, el Ejecutivo agregó que en esas circunstancias hay numerosos núcleos en las islas que, además, cuentan con un alto valor etnográfico y que no han sido tenidas en cuenta en la Ley, por lo que se produce un trato discriminatorio e inconstitucional hacia las islas.
La norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado día 30 de mayo, establece en el apartado 12 de ese mismo artículo primero que se desarrollará un reglamento con el régimen de ocupación y uso de las playas y, más adelante, habla de que "podrá autorizarse la celebración de aquellos eventos de interés general con repercusión turística".
A este respecto, el Consejo consideró que supone un factor más para respaldar la presentación del recurso de inconstitucionalidad por invasión de las competencias autonómicas, al arrogarse facultades de ordenación en playas y zonas de servidumbre de protección, que corresponden exclusivamente a las Comunidades Autónomas, mientras que el Estado sólo puede fijar unos máximos y mínimos para el uso de dichas zonas.
Por último, la disposición transitoria primera de la Ley impone a las autoridades con competencias en la clasificación del suelo la obligación de remitir en un plazo máximo de tres meses un informe en relación a todos los núcleos situados en zona de servidumbre de protección y que se pretenda clasificar como urbanos o se clasificasen como tales con posterioridad a la Ley de Costas de 1988.
RETROACTIVIDAD DE LA LEY
Este hecho supone, de facto, la retroactividad de la Ley, puesto que obliga volver a demostrar que son urbanos terrenos que ya están clasificados como tales y dejar esa categorización a expensas de lo que decida el Ministerio de Medio Ambiente --eso sí, en un plazo de 18 meses, 6 veces más largo que el otorgado para presentar los informes--.
Por último, el Gobierno consideró que este último punto no sólo es inconstitucional por su retroactividad, sino que además tendrá efectos nefastos y podría incluso dar lugar a responsabilidad patrimonial por parte de las administraciones, si el Ministerio entiende que núcleos considerados urbanos y que, por tanto, tienen el deslinde establecido a veinte metros del dominio público, no lo son en realidad, por lo que habría que incrementar la zona de servidumbre hasta los cien metros que fija la Ley.


http://www.teinteresa.es/canarias/tenerife/Canarias-presentar-inconstitucionalidad-Ley-Costas_0_953905652.html

miércoles, 10 de julio de 2013

Un grupo de mesetarios con corbata ha logrado, después de una serie de estudios apreciables y muy atrac tivos para la actividad urbanística de este esquilmado país, situar en un mismo escenario a las comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Cataluña, País Vasco y Canarias, unidas en esta ocasión por intereses afines. Se trata de presentar ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la recientemente aprobada Ley de Costas.
 Y es que estos señores, ignorantes de lo que significa ser isleños y costeros, además de proteger las especulaciones de los que ya se frotan las manos convencidos de las bondades que las nuevas normas significarán para sus bolsillos, han agrupado experiencias erradas anteriores para fusionarlas en otras modificadas y amparadas en el único argumento que proporciona la fuerza de legislar desde Madrid fraternalmente. Así, como es costumbre nacional, esto es, sin consultar con aquellos núcleos que van a ser perjudicados, han concebido una nueva ley que, según ellos mismos, terminará con las irregularidades cometidas tiempo atrás.
 Y, como igualmente es tradicional, esos empecinamientos cálidos de la Dirección General de Costas hacia determinados territorios (el canario, principalmente) han provocado la protesta y el cabreo de los políticos de las comunidades citadas, contrariedad que manifestó públicamente y en nombre de todos el consejero de Obras Públicas, Domingo Berriel, quien, últimamente, no consigue sino recibir una ristra de mortificaciones desde la capital de las Españas, algunas de las cuales llegan dedicadas por el ministro converso canario Soria, como la negativa a bonificar las tasas aeroportuarias y sí en Baleares. Otra vejación. Siempre han surgido los intereses creados y, en esta ocasión, de forma beneficiosa para zonas peninsulares y, especialmente, para Baleares y, concretamente, para Formentera, isla de características semejantes a El Hierro, con lo cual se produce un sobresaliente agravio comparativo inesperado en la isla del Meridiano. En el Archipiélago canario pueden verse afectadas 10.000 edificaciones, de las cuales más de 70 tomarán el camino de Cho Vito.
 La nueva normativa presenta una novedad importante: se reduce de 100 a 20 metros la zona de dominio público marítimo terrestre, con lo que se entra en un mundo más que difuso donde las competencias territoriales, ya consolidadas, resultan diluidas por concesiones amistosas, quedando relegadas las singularidades canarias contempladas en la Constitución, en Europa y en nuestra propia Comunidad. Parece que los políticos están de acuerdo con una de las normativas que tolera aumentar hasta los 75 años el plazo de las licencias en el litoral, pero, a la vez, exigen más requisitos que antes para declarar zonas urbanas situadas en áreas de protección, obligando a los ayuntamientos a informar en tres meses de la situación de esos núcleos urbanos que, sin embargo, ya se notificó con anterioridad. El consejero Berriel afirma, rotundamente, que "se ha beneficiado a dos o tres inversores privados en la Península (y de aquí, añadimos nosotros) y se olvidaron de los demás". Uno de los órganos de la Administración donde florece el sectarismo en todo su esplendor es la Delegación del Gobierno Central, gobierne la derecha o la izquierda. Da lo mismo. Cualquier decisión que se tome por el Ejecutivo está bien tomada. En este asunto de la Ley de Costas se han apresurado a manifestar que favorece a Canarias, basándose en esa reducción de 100 a 20 metros la zona de servidumbre y justificando el caso de Formentera porque "casi toda la isla está dentro del dominio público". En Canarias se hará lo imposible por buscar "soluciones antes de llegar a situaciones extremas", qué sucederá en esa nueva franja de oro que significa el espacio de 80 metros que quedará expedito para cualquier promotora, conocedora de esta nueva norma antes de publicarse. Un constructor de los conocidos por aquí puede realizar en esa zona liberada increíbles y formidables obras urbanísticas que demolerán los entornos cuidados y mimados por las distintas agrupaciones vecinales. De ahí la observación apuntada más arriba referida a lo confusa que iba a quedar esta ley y la urgencia de recurrir al Constitucional para que nuestras costas sean, de una vez por todas, nuestras. http://eldia.es/criterios/2013-07-10/9-costas-son.htm  

martes, 9 de julio de 2013

La Comisión Europea vigilará el desarrollo de la Ley de Costas

La Comisión Europea ha avisado este martes al Gobierno español de que vigilará "atentamente la evolución del marco jurídico" de aplicación de la Ley de Costas tras reconocer las "muchas" quejas de ciudadanos españoles y europeos. Ha admitido, no obstante, que no tiene "competencias" para "intervenir" en casos de denuncias de expropiaciones. "Estamos siguiendo atentamente todo lo que va sucediendo en la legislación española. No tenemos competencias específicas de acuerdo con el derecho europeo para intervenir", ha explicado el funcionario de Justicia del Ejecutivo comunitario, Vincent Depaigne, durante el debate en la Comisión de Peticiones de la Eurocámara, que ha aplazado el voto del informe de la delegación que visitó Madrid en marzo para estudiar 'in situ' las quejas de los ciudadanos a la anterior norma y discutir con las nuevas autoridades la reforma de la Ley de Costas, ya aprobada. Depaigne ha recordado que muchos ciudadanos han remitido "muchas" quejas a la comisión europarlamentaria sobre la normativa de Costas españolas y ha explicado que seguirá "examinando atentamente la evolución del marco jurídico de aplicación"."Seguiremos atentamente la aplicación y desarrollo de la misma", ha explicado su compañero de Medio Ambiente del Ejecutivo comunitario. LA VOTACIÓN SE APLAZA A SEPTIEMBRE La presidenta de la Comisión de Peticiones de la Eurocámara, la popular italiana Emilia Mazzoni, ha confirmado que la votación del proyecto de informe de la presidenta de la misión de eurodiputados que visitó España en marzo, la eurodiputada liberal austríaca Angelika Werthmann, se aplaza a septiembre para dar tiempo a los grupos políticos a presentar sus enmiendas al texto. "Votaremos el informe en septiembre", ha confirmado. Los portavoz de los grupos políticos de la Comisión de Peticiones así lo acordaron este lunes, sobre todo por las presiones del Partido Popular, que ha rechazado de plano el contenido del informe a raíz de la visita, según han confirmado varias fuentes parlamentarias. El proyecto de informe cuestiona que la revisión de la Ley de Costas del Gobierno de Mariano Rajoy "sea aplicada coherentemente y cumplirá los objetivos del Ministerio de reforzar la protección acordada al entorno costero" y además resalta que "siguen preocupados" por "las mejoras significativas que todavía son necesarias en términos de derechos de propiedad y adquisición para cumplir los estándares europeos comunes". El texto de la austriaca recuerda que "el objetivo de la reforma de la Ley de Costas 1988 era dar una mayor certidumbre legal para la gente con propiedades a lo largo de las zonas costeras españolas y dar mayor protección al entorno costero". Además subraya que la "descentralización de la autoridad y el poder excesivo tácito pero acordado durante muchos años a las autoridades municipales por los Gobiernos regionales, permitieron a muchos ayuntamientos locales abusar de su rol aceptando programas de construcción masivos" sin supervisión "adecuada" dejando a "muchos propietarios inocentes" como víctimas de abusos. "Esto se ha dado mano a mano con lo que muchos ven como una amplia corrupción y connivencia entre las autoridades políticas y la industria de la construcción", recoge el borrador del informe, que saluda con todo que el borrador de la Ley de Costas -la visita fue previa a la adopción de la reforma normativa por el Congreso en mayo-- "contribuirá a poner fin a esta mala práctica" a través de la creación de "directrices nuevas y mucho más claras a seguir por todos". "Esto será en beneficio de los propietarios de casas, compradores potenciales y para la industria de la construcción que podrá embarcarse en una senda de desarrollo más sostenible", subraya el texto. En sus recomendaciones, el proyecto de informe pide que el Ejecutivo comunitario investigue sobre todo si la nueva Ley de Costas española cumple especialmente las directivas comunitarias sobre Hábitats, Aves Salvajes, la directiva marco de Agua, la de calidad de agua de baño, la directiva sobre gestión de residuos de agua urbanos, la directiva sobre la evaluación de impacto medioambiental, la directiva sobre inundaciones, así como la nueva directiva sobre gestión integral de las zonas costeras y otras normas europeas relevantes y les informe al respecto para diciembre de 2013. También recomienda a las autoridades españolas "clarificar de forma ulterior y a respetar los derechos de todos los ciudadanos de la UE afectados y residentes sobre su propiedad legítimamente adquirida" y que las autoridades españolas que "establezcan un esquema completo y justo de compensación financiera para todos los propietarios legales de propiedades cuyos hogares puedan ser objeto de demolición o expropiación como resultado de la aplicación de la Ley de Costas". El eurodiputado popular, Carlos Iturgáiz, quien ya avanzó en junio la intención de su partido de presentar enmiendas al informe aunque no ha participado en el debate de este martes, ha criticado en un comunicado que el proyecto de texto hable de la "vulneración de nada menos que siete directivas europeas" cuando el anterior borrador no mencionaba esto sin aportar "argumentos", incluido una normativa europea "que aún no está aprobada" como es la directiva de gestión integral de zonas costeras. Lo considera, también, "incoherente" porque "cuestiona lo que dice el Gobierno, porque da por buenas todas las peticiones de particulares" incluidas en su opinión "barbaridades como que en España se confisca a débiles para entregar el terreno a poderosos para que edifiquen". También ha criticado que el texto exhorte a las autoridades judiciales a "investigar a agentes privados y autoridades públicas que hayan actuado al margen de la ley" al vender propiedades particulares "como si España fuera una república bananera bananera en la que no se persiguen actuaciones judiciales" o que critique al sistema judicial español por su "lentitud" para resolver los casos de expropiaciones. INFORME JURÍDICO Iturgáiz ha avanzado que pedirá "un informe jurídico del Parlamento Europeo sobre los nuevos puntos" tras recordar que en octubre de 2010 los servicios jurídicos "declaraban con total claridad que la Ley de Costas española quedaba fuera del ámbito de competencias de la Unión Europea". Werthmann ha subrayado la "buena cooperación" con las autoridades españolas durante la visita y se ha mostrado abierta a "incorporar la nueva ley" al informe, como ha reclamado el eurodiputado popular alemán Peter Jahr durante el debate y ha apostado porque los miembros de la delegación lo discutan en septiembre. La eurodiputada ecológica danesa Margrete Aucken, autora el informe crítico sobre urbanismo en España de 2009, ha subrayado "las preocupaciones" por posible incumplimiento del texto legal de varias directivas y ha lamentado que la nueva ley de Costas "no haya mejorado" los derechos de propiedad. "Todavía es una ley muy mala, la anterior no era tan mala para el medioambiente, pero no era aplicada", ha defendido. En cambio, Aucken ha criticado que la nueva ley tiene una parte "muy débil" para proteger el medioambiente y existe "confusión" sobre la seguridad jurídica de propietarios. El eurodiputado socialista Miguel Ángel Martínez, ha defendido la necesidad de encontrar en todo caso "el equilibrio entre los intereses particulares y la protección de la costa http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-comision-europea-avisa-vigilara-desarrollo-nueva-ley-costas-20130709134427.html

Escándalo en Menorca: Mercedes Milà, Lorenzo Milà, Ana Belén y Víctor Manuel se niegan a dejar las edificaciones ilegales que disfrutan en primera línea del Puerto de Mahón

Durante 17 años, y gracias al Gobierno de Felipe González, disfrutaron de una concesión extraordinaria para veranear en parcelas que fueron inicialmente otorgadas para que los pescadores realizaran actividades de Acuicultura Víctor Manuel y Ana Belén pagaron 590 euros al año por su edificación; mientras que los Milà han disfrutado de su vivienda privilegiada en el Puerto de Mahón por 1.473 euros al año A día de hoy, estos privilegiados veraneantes todavía no han procedido a la entrega de las llaves de las instalaciones ni a retirar los bienes muebles de las mismas, tal y como la Autoridad Portuaria les solicitó en un requerimiento público fechado el pasado13 de febrero Hace unos meses la Autoridad Portuaria de Baleares remitía a los periodistas Lorenzo Milà y Mercedes Milà -presentadora del programa Gran Hermano que emite Tele5-, y a los cantantes Ana Belén y Víctor Manuel, sendos requerimientos de desalojo de las parcelas de La Solana, en el Puerto de Mahón (Menorca), que disfrutan ya desde hace más de dos décadas de una manera privilegiada. La orden de desalojo se producía “por ocupar sin título habitante bienes de dominio público portuario”, tras las respectivas sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que daba la razón con rotundidad a la Autoridad Portuaria frente a los citados recurrentes vips, al afirmar que el interés general es “absolutamente preferente y además con grado máximo de intensidad”, máxime tratándose de una zona de dominio público marítimo. Pero la gravedad del caso radica ahora en que, a pesar de haberse dictado esta orden de desalojo por parte de la Autoridad Portuaria, todavía a día de hoy ni la familia Milà ni los cantantes del PCE han procedido a la entrega de las llaves de las instalaciones ni a retirar todos los enseres y bienes muebles de las mismas, tal y como la Autoridad Portuaria de Baleares les viene solicitando desde el pasado día 13 de febrero mediante requerimiento público que obra en poder de Extraconfidencial.com. A este incumplimiento se une que ni por parte del Ministerio de Fomento del Gobierno de Mariano Rajoy, que dirige Ana Pastor, ni por parte del Ayuntamiento del PP de Mahón, con su edil Águeda Reynes, se ha hecho lo más mínimo por hacer cumplir esta orden pública, que lleva aparejada en caso de no realizarse la presencia de las Fuerzas de Seguridad del Estado, como ha ocurrido en casos menos significativos. Un privilegio “donado” por Felipe González La problemática se arrastra ya desde el 22 de febrero de 2010, fecha en la que a estos ilustres veraneantes de La Solana se les terminó la concesión extraordinaria de 17 años que les dio en su día el gobierno de Felipe González para que durante ese periodo de tiempo (improrrogable) disfrutaran de estas privilegiadas edificaciones en primera línea del puerto de Mahón en Menorca. La Autoridad Portuaria de Baleares era consciente de que en esa fecha se extinguía de un manera improrrogable el título concesional que permitía a la familia Milà y a Víctor Manuel y Ana Belén la citada ocupación, y que le había concedido el gobierno socialista de Felipe González en octubre de 1992, casualmente sólo un mes antes de que entrara en vigor la famosa Ley de Puertos (27 de Noviembre de 1992), en la que se prohibía de manera expresa el uso residencial o de vivienda en el dominio público portuario. Desde hace ya más de dos décadas los cantantes Ana Belén y Víctor Manuel y la familia Milà (tanto Lorenzo, como Mercedes y su tío Alfonso Milà Sagnier), disfrutan de unas parcelas privilegiadas en la zona de La Solana en primera línea del puerto de Mahón. Unas parcelas (las números 6, 7, 8, 9 y 10) que en el año 1968 el Ministerio de Obras Públicas del Gobierno del General Franco había dado en concesión administrativa a la Cofradía de Pescadores del Puerto de Mahón para unas casetas destinadas únicamente a guardar el marisco capturado en balsas (mejillones, dátiles, escupinas, ostras, etc.) Precios de risa En los años 70 se produjo un deterioro grave en la calidad del agua del Puerto de Mahón debida a los vertidos del colector municipal de aguas residuales que eran vertidos al Puerto directamente sin depuración alguna. Como consecuencia de esta contaminación se prohibió la actividad marisquera en este Puerto. Precisamente, durante los años de paralización de la actividad marisquera, y de forma irregular al tratarse de terrenos públicos (dominio público marítimo terrestre), se produjeron de manera individual la venta de alguna de estas casetas. Concretamente, dos de ellas son adquiridas de inicio por el tío de los Milà, Alfonso Milà Sagnier, y otra tercera por parte del productor José Samano de la Brena, marido de Mercedes Milà, que la adquiere en 1989. Posteriormente en el año 2000 la transfiere a la sociedad de la periodista denominada Taramparo SL, y por la que según refleja la memoria de Puertos de Baleares pagaba 1.473 euros al año. Pero la familia Milà no ha sido la única famosa privilegiada con el disfrute de edificaciones en terrenos de dominio público marítimo, como adelantó ya Extraconfidencial.com en 2010, también los cantantes Víctor Manuel San José Sánchez y su mujer Ana Belén recibieron una concesión para una edificación y explanada aneja (dedicada a solarium) que fue adquirida a un mariscador por la exigua cantidad de 590 euros al año. Todos estos privilegiados veraneantes destinaron estas iniciales casetas de marisqueo a viviendas, solariums o residencias de vacaciones. La administración socialista de Felipe González trató de regularizar la situación mediante la concesión extraordinaria por 17 años improrrogables de unos permisos de uso de vivienda cuya vigencia formal expiró ya en el 2010. Fue en abril de ese año cuando la Autoridad Portuaria de Baleares notificó a los privilegiados ocupantes de las parcelas de La Solana la caducidad de la concesión excepcional de la que disfrutaban. Estos iniciaron entonces una serie de recursos y procedimientos administrativos para paralizar el inicio del trámite de reversión de los terrenos a la Administración, quien en su día decidido conferir a esta zona un uso portuario público, manteniendo sólo dos edificaciones para la actividad marisquera y proyectando una zona de acceso común en toda esta franja de terreno de La Solana, con la construcción de un embarcadero público. La familia Milá y Ana Belén y Víctor Manuel unidos por el “chollo” Para evitar esto, la familia Milà y Ana Belén y Víctor Manuel comenzaron una serie de recursos y alegaciones ante los organismos correspondientes que terminaron en la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo que finalmente ha dado la razón a la Autoridad Portuaria, por lo que los ya famosos desahucios ha devenido en firme y en consecuencia se debe proceder a ejecutar las resoluciones del Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, José María Urrutia Medra, firmadas en enero de 2011 contra estos privilegiados veraneantes. Pero todavía a día de hoy no se ha producido la ejecución por parte de la autoridad competente. Ni entregándose las llaves ni produciéndose la retirada de todos los enseres y bienes muebles de las citadas instalaciones que invaden la zona de dominio público marítimo. Las investigaciones de Extraconfidencial.com confirman que estos privilegiados veraneantes se están moviendo con bastante fuerza en el organismo público Puertos del Estado (del Ministerio de Fomento) y en el seno del Partido Popular para buscar soluciones. Hay que recordar que cuando salió la primera resolución de desahucio, la presentadora de “Gran Hermano” y del programa de denuncias “Diario de…” hizo campaña a favor del entonces alcalde socialista de la localidad, Vicens Tur, aliado de sus planteamientos, y que posteriormente en mayo de 2011 fue derrotado en las urnas por la actual alcaldesa del PP, Águeda Reynes, que ahora parece estar también a favor de la causa de sus ilustres veraneantes al no ejecutar la orden de desahucio dictada y mantener el privilegio de ocupar el dominio publico como propio por parte de unos privilegiados, con nombre y fama http://www.extraconfidencial.com/articulos.asp?idarticulo=12776