Nuestros pueblos costeros.Canarias

Nuestros pueblos costeros.Canarias
Cho Vito, década de los 60

domingo, 1 de agosto de 2010

La Audiencia Nacional anula un deslinde en Punta Larga


La sentencia pone en entredicho las demarcaciones del dominio público marítimo terrestre realizado en Canarias por el Ministerio de Medio Ambiente



SOL RINCÓN BOROBIA La Audiencia Nacional ha anulado el deslinde marcado en 2006 por la Dirección General de Costas en Punta Larga, término municipal de Candelaria, al considerar que el trazado "adolece de rigor técnico suficiente". El dominio público marítimo-terrestre determinado por orden del Ministerio de Medio Ambiente afectaba a los jardines de tres casas unifamiliares, cuyos propietarios recurrieron en 2007.

Costas afirmó en su defensa que la demarcación era exactamente la misma que ya estaba determinada en el año 1969 y que su límite interior es la máxima distancia tierra adentro que alcanzan las olas durante los peores temporales.

Sin embargo, la sentencia de la Audiencia Nacional, fechada el pasado 16 de julio, tira por tierra estos argumentos. Ante todo, la Sala asegura "echar de menos" la existencia de "algún antecedente o referencia histórica respecto del alcance del oleaje en la zona" y también le da un tirón de orejas a la Administración por no aportar las pruebas que justifiquen el deslinde.

Por el contrario, la Audiencia sí consideró suficientemente demostrado por los recurrentes que el dominio público marítimo terrestre fijado en 2007 no coincide con el de 1969. Más aún, probaron que la línea marcada hace tres años se trazó todavía más hacia el interior que la del 69, con lo que cogió de lleno parte de la propiedad de las tres viviendas. Para demostrarlo, las familias afectadas por el deslinde aportaron los informes realizados por dos peritos.

Según el representante legal de los propietarios de las viviendas, José Ortega, esta sentencia tiene mucha relevancia. En primer lugar, "obligará" a revisar el Plan General de Ordenación Urbanística del municipio y a anular "actuaciones sancionadoras" y órdenes de derribo.

En segundo lugar, esta resolución de la Audiencia Nacional podría impulsar la revisión de todos los deslindes hechos en Canarias con el argumento de los temporales. Según los datos aportados por Ortega, el 95% de las demarcaciones aprobadas por el Ministerio de Medio Ambiente en el Archipiélago están precisamente justificadas con el máximo alcance tierra adentro de las olas.

Pero este abogado, que además es fundador de la Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas, aún va más allá y asegura que el Ministerio de Medio Ambiente decide el alcance de los temporales en las Islas por "observación directa", es decir, sin una sola prueba. Además, indica que la Dirección General de Costas actúa de forma diferente en la Península que en Canarias. "En la Península se gastan bastante dinero y se toman bastantes molestias" en justificar un deslinde. Ortega cree que el Gobierno español menosprecia al Archipiélago. "Es una vergüenza lo que hace en Canarias", afirma.

Asimismo, y en cuanto a la ley aprobada por el Parlamento de Canarias sobre declaración y ordenación de áreas urbanas en el litoral canario, la calificó de inservible si no se aplica. "Es decepcionante ver cómo el Gobierno canario no hace nada, sólo política de gestos, pero no aplica la ley".

Ortega, que logró hace poco una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias anulando una recuperación posesoria en Fuerteventura, también consiguió la nulidad de otros deslindes en Otur (Asturias) Oliva y Bellreguard (Valencia), Alcalá de Chivert (Castellón), y parcialmente en Bajo la Cuesta (Tenerife), entre otros.

Lo que este abogado no ha conseguido en el caso de Punta Larga es que la Audiencia Nacional reconozca que sus clientes adolecieron de indefensión.

José Ortega incluyó en su demanda que Costas no informó a los propietarios de las viviendas qué alcance tenía la zona afectada por el deslinde que realizó en el año 2006 y que, por lo tanto, sus clientes no pudieron alegar nada ni defender sus propiedades. Sólo pudieron actuar cuando recibieron la notificación de derribo.

La resolución plantea dudas sobre Cho Vito

Se da la circunstancia de que Punta Larga se encuentra muy cerca de Bajo la Cuesta y Cho Vito, cuyas órdenes de derribo tenían un fundamento parecido al del primer caso, en especial el de haberse construido las viviendas dentro del dominio público definido en el año 1969.
Por este motivo, dada la falta de rigor demostrada por la Dirección General de Costas en el caso de Punta Larga, podría haberse pecado de lo mismo en Cho Vito con algunas de las viviendas ya derribadas
. En cuanto a Bajo la Cuesta, hay cincuenta familias afectadas por la demarcación. Es este caso, el abogado José Ortega también intenta demostrar que hubo un error de replanteo del deslinde de 2007 con respecto al del año 1969.
http://www.laopinion.es/tenerife/2010/08/01/audiencia-nacional-anula-deslinde-punta-larga/297385.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario