Nuestros pueblos costeros.Canarias

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Cho Vito, década de los 60

viernes, 8 de abril de 2011

JOSE LUI LANGA. Representante de la Asociación Europea de Afectados por la Ley de Costas en Canarias


1. Cree uste la necesidad de modificar la ley de costa a la realidad actual? » Por supuesto que sí, ya que uno de los elementos que deberían subsanarse de la aplicación de la Ley de Costas es que conculca uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos, cual es el derecho a la propiedad al aplicarse con carácter retroactivo. 2. Muy buenas. Cuando paseo por la costa de Tenerife veo con frecuencia grandes Chalets pegado a la costa y acantilados. ¿Cree usted que la mayoría estan en regla? » Habría que comprobar la zona de servidumbre en que se encuentran dichas edificaciones y la situación que tenían cuando se promulgó en el año 1988 la Ley de Costas, partiendo de la base que con anterioridad a dicha ley ya se encontraban edificados. 3. Estimado Sr. Tengo una vivienda unifamiliar - actualmente afectada por la zona de servidumbre y de tránsito - que data del año 1963, anterior a la Ley de Costas de 1988, y también anterior a la actualmente derogada Ley de Costas de 1969. . El edificio en cuestión sólo tiene una vivienda. El Plan Insular incluye esta vivienda en un ARH URBANA. El Planeamiento Territorial Turístico lo adscribe igualmente a un ARH URBANA. El Planeamiento Urbanístico vigente reconoce las alineaciones existentes y permite una mayor altura. A mi entender, el tránsito queda garantizado dada la calle existente con la que linda. ¿Qué puede pasar con mi vivienda?. ¿Puedo ampliar la construcción en la última planta previa tramitación de un Estudio de Detalle que ordene los volúmenes?. Muchas Gracias de antemano. » En principio, y tal y como está planteada la pregunta, estimo que cualquier ampliación que se hiciese tendría que tener en cuenta el Plan General de Ordenación al que hace mención, así como, en todo caso, comprobar con la demrcación de Costas y el Ayuntamiento correspondiente si existe alguna solución para la problemática que plantea. 4. Los alcaldes que durante años han hecho la "vista gorda" permitiendo fabricar en cualquier sitio y ahora se lavan" las manos" cuando Costas actùa ¿ no han incurrido en ningùn delito? » Para determinar que cualquier funcionario o cargo de la Administración haya podido incurrir en un delito o no, corresponde a los Tribunales de Justicia y al Ministerio Fiscal en orden a las resoluciones que se hayan podido dictar por dichas personas una vez se haya comprobado las decisiones que se hayan adaptado y que pudieran ser consideradas un ilícito penal. 5. Una simple pregunta que muchos chicharreros nos hacemos ¿Cree usted que es legal que se encuentren el club náutico y paso alto entre dos bahías de un puerto de interés general como es el de Santa Cruz de Tenerife?. Gracias por su respuesta » La legalidad o no depende de la concesión administrativa que se haya facilitado y de la cual inicialmente no dudo que ampare la situación en que se encuentran tanto el Club Náutico como Paso Alto. 6. ¿Cómo es posible que siempre se tiren las viviendas de los más humildes y a la de ciertos políticos y empresarios, afectados igualmente por la ley de costas, se mantenga? » Es cierto que inicialmente la aplicación de la Ley de Costas se está produciendo en sectores más desfavorecidos, lo que no significa que su aplicación deba afectar a todas aquellas propiedades que no reúnan los requisitos que amparen su viabilidad. 7. Me parece vergonzoso que se estén revisando, arbitrariamente, los deslindes de una ley ya aprobada hace más de veinte años. ¿Por qué se revisan unos sí y otros no?. ¿Es normal y legal esta arbitrariedad?. En la caleta de guimar se revisó el deslinde en el año 2007. En el año 2006 se podían seguir construyendo casas. En el año 2007 ya no. » Estoy totalmente de acuerdo que una ley que se promulga en el año 1988 se esté aplicando más de 20 años después sin tener en cuenta, en algunos casos, la situación en que en dicha fecha se encontraban las propiedades afectadas. Es decir, si reunían o no los requisitos exigidos por la propia ley para que la servidumbre se aplicase en 100 metros en lugar de los 20 en que podrían concretarse siempre y cuando las citadas propiedades pudieran considerarse que estaban construidas en núcleos urbanos consolidados. 8. BUENAS TARDES JOSE LUIS, ¿A QUE DISTANCIA DE LA COSTA NO SE PUEDE CONSTRUIR?. ¿DESDE DONDE SE CONSIDERA DESDE LA ORILLA DEL MAR HACIA LA CONSTRUCCIÓN ILEGAL?. GRACIAS. » El problema del límite desde el que se aplica la servidumbre y, por tanto el deslinde Marítima Terrestre, depende, dado el contenido de la propia ley, en algunos casos hasta dónde llegan las mareas. La distancia viene definida en la propia ley según se aplique o no la servidumbre de 100 metros, o excepcionalmente, la de 20 metros, situación que debe comprobarse en cada caso. 9. BUENAS TARDES JOSE LUIS. HASTA DONDE SON AGUAS CANARIAS, DISTANCIA. SUERTE. » La contestación a esta pregunta sale del contexto del asunto que se está tratando, que se refiere exclusivamente a la aplicación de la Ley de Costas y cuya respuesta debe darse en otro contenido diferente al que estamos en este momento abordando. 10. Estimado Sr. Langa: Tengo una propiedad dentro de una comunidad de vecinos que está afectada parcialmente (parte del edificio) por la linea de demarcación de costas. Mi propiedad fué construida legalmente, como parte de un proyecto turístico antes de la aprobación de la Ley.Entiendo el espíritu de la ley y puedo entender que en un momento dado y por el interés general, mi propiedad pueda ser expropiada para un uso público. Sin embargo en un país donde su ley máxima ampara el derecho de la propiedad privada, y la no retroactividad de las leyes cuando lesionan los derechos de los ciudadanos: ¿ Es posible que algún día la administración me expropie mi vivienda sin por lo menos indemnizarme con una cantidad de dinero igual a la que me costo para adquirirla y por la que estóy pagando una hipoteca?. Muchas Gracias. » Uno de los problemas que plantea la aplicación de la Ley de Costas es, en algunos casos, la inseguridad jurídica que proporciona a personas afectadas por la misma, sobre todo cuando lesiona intereses que hacen referencia al derecho a la propiedad privada constitucionalmente reconocida. Por lo que conociendo en profundidad el asunto planteado, si fuera necesario, debería acudirse a los Tribunales de Justicia en defensa de dichos intereses. 11. Mi pregunta es, todavia las aguas negras de la Orotava y el Puerto , se vierten al mar ´o que ha pasado con ese tema GRACIAS » La pregunta que usted plantea, aún saliéndose del contexto del asunto que estamos tratando, debería plantearlo ante la Administración correspondiente, al objeto de si desde el punto de vista medioambiental hubiese que corregirlo. 12. ¿Están en peligro de derribo las viviendas afectadas? » Tal como se encuentra actualmente la aplicación de los deslindes marítimo terrestres, existe una evidente incertidumbre sobre las viviendas afectadas por la Ley de Costas y, aunque debería conocerse el caso concreto, efectivamente pudieran correr el peligro que usted comenta. 13. Qué opina ud. sobre el caso de El Charco de la Arena, en Punta Hidalgo, un trozo de costa usurpado al pueblo y sobre el que se construyó una edificación murada que impide el paso y que constituye un club privado desde los años ´60. » La opinión que tengo sobre la situación que usted plantea es que, si no responde a lo que legalmente está permitido, deberá hacerse frente a esa situación a través de las vías tanto administrativas como judiciales que correspondan conforme derecho. 14. SABIENDO QUE EL NIVEL DEL MAR ESTA SUBIENDO, ¿NO ES UNA TEMERIDAD TENER CONSTRUCCIONES A MENOS DE 100 METROS? » Efectivamente, uno debe ser consciente del riesgo que puede correr dado el cambio climático que se está produciendo al tener edificaciones con una proximidad al mar que pudiesen ser afectadas por dicho cambio o cualquier otra alteración meteorológica. 15. Que hay de su agria polémica con del Torco? » Cualquier polémica en que me encuentre inmerso se realizará dentro de los márgenes de respeto y consideración que merece la persona con quien se polemiza, aunque su contenido se refuerce con la contundencia que da la razón que uno cree que tiene. 16. buenos días. Como abogado y urbanista me pregunto, y quisiera que me respondiera, ¿cree usted que la Ley de Costas es confiscatoria?¿No cree que las comunidades autónomas deberían asumir mas competencias en Costas para así desbloquear muchas de las actuaciones que a día de hoy están paralizadas por culpa de la descoordinación entre las administraciones?¿Cúal sería la solución más prudente y beneficiosa para la playa de Maspalomas, según su opinión? Muchas gracias, y bien día » En la forma que se está aplicando la Ley de Costas, efectivamente, estimo tiene un contenido confiscatorio de la propiedad privada acreditada con anterioridad a su entrada en vigor. Entiendo que la asunción de competencias por la comunidad autónoma supondría un avance en la solución de los problemas que suscita su aplicación, aunque lo que estimo resolvería en gran medida la problemática planteada sería la modificación de la propia ley dado que en su largo recorrido, desde su promulgación hasta la fecha, se ha comprobado que está afectando a derechos constitucionalmente reconocidos como es, el anteriormente expuesto, de la propiedad privada. En este momento desconozco la situación en que se encuentra dicha playa y en qué medida puede afectarle la Ley de Costas. 17. ¿Cree usted que la UE podrá actuar y, por tanto, tener capacidad de decisión sobre la problemática de la Ley de Costas en España? Gracias de antemano » El Parlamento Europeo, a quien se le remiten al Comité de Peticiones escritos de quejas explicando los efectos negativos que la aplicación de la Ley de Costas tiene en Canarias, podría a través de sus informes, aunque no sean vinculantes, al Estado español impulsar a que dicha ley fuese modificada, ya que está afectando a derechos humanos fundamentales. Aunque dicha modificación se realizaría si todos los grupos políticos parlamentarios llegasen a un consenso para realizarla constándome que actualmente el Gobierno de Canarias está realizando notables esfuerzos para resolver las situaciones en que se encuentran personas con propiedades afectadas por dicha ley. http://comunidad.laopinion.es/entrevista-chat/2342/sociedad/jose-luis-langa-/entrevista.html

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