El polémico deslinde aprobado en marzo de 2011 en la zona comprendida entre Los Dises y Caleta de Famara ha sobrevivido a su primera batalla judicial, con una sentencia que rechaza el recurso presentado por dos afectados. En la sentencia, dictada el pasado 16 de mayo por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se defiende la legitimidad del deslinde, que en algunas zonas avanza hasta 2 y 3 kilómetros tierra adentro.
En su recurso, estos dos vecinos reclamaban que se anulara la línea de DPMT (Dominio Público Marítimo-Terrestre) fijada en 2011 y se volviera a la anterior, ya que entendían que se había utilizado “abusivamente” el concepto de ribera de mar en el tramo de costa en el que se encontraban sus propiedades. Además, reclamaban que a partir de esa línea de DPMT, se fijara una zona de servidumbre de 20 metros y no de 100, como está actualmente (con el deslinde, sólo se aplicaron 20 metros de servidumbre en la zona de Caleta de Famara).
Sin embargo, la Audiencia Nacional ha rechazado ambas pretensiones. Con respecto al primer punto, la sentencia se remite a los estudios del medio físico adjuntados a la memoria del deslinde, que señalan que el jable de los terrenos en litigio es de procedencia fundamentalmente marina, incluyendo entre otras cosas “arenas marinas, algas calcáreas, fragmentos de conchas, foraminíferos o fangos calcáreos”.
Sistema “dunar” y paso de jable
En la misma línea, la sentencia hace también referencia a que se trata de una zona de paso de jable, “con zonas dunares y acumulaciones de arenas organogénicas del medio marino”, tal como señalan esos informes del Ministerio y como, según la sentencia, reflejan las fotografías aportadas a la causa.
Pese a que los demandantes alegaban que el “sistema dunar” no se encuentra en esa zona, ubicada al oeste de Caleta de Famara, “sino al este del pueblo”, la Audiencia sostiene que no han presentado pruebas para demostrarlo.
En su recurso, estos vecinos también señalaban que “la acumulación de materiales sueltos de procedencia marina se da en toda la zona de circulación de jable hasta las playas del sur de la isla, y en toda esa extensión no rige el criterio de ribera de mar”. Sin embargo, la sentencia califica de “irrelevantes” esas “consideraciones” y sostiene que“los eventuales deslindes relativos a otras zonas, amparados en hipotéticos criterios ilegales, no pueden ser esgrimidos en demanda de un trato igualmente ilegal para el deslinde que nos ocupa”.
Suelo Rústico de Protección Natural
En cuanto a la otra pretensión de los demandantes, de aplicar una zona de servidumbre de 20 metros y no de 100, la Audiencia Provincial recuerda que para ello debería acreditarse el carácter urbano de la zona con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Costas. Eso sí se consiguió con la zona de Caleta de Famara, pero la sentencia señala que en el caso de estos terrenos, no sólo no se dan esas condiciones, sino que además, la calificación urbanística de ese suelo “resulta absolutamente incompatible” con el carácter urbano.
Sobre este punto, la sentencia subraya que incluso en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Teguise aprobadas definitivamente por la COTMAC en mayo de 2003, que son las que actualmente están en vigor, ese suelo es catalogado como Rústico de Protección Natural, por lo que ni siquiera cabría su urbanización.
Otros recursos pendientes
Este recurso que acaba de ser rechazado por la Audiencia Nacional, en una sentencia contra la que aún cabe recurso, no es el único presentado contra el deslinde entre Los Dises y Caleta de Famara. Además de otros particulares, también el Ayuntamiento decidió acudir a los tribunales al considerar desproporcionada la decisión de Costas.
En su momento, el Consistorio anunció que incorporaría a su recurso un estudio geotécnico de la zona afectada para rebatir el informe de Costas e intentar anular el deslinde, ya que entendía que se habían cometido “errores”. “Se adentra en la isla en muchas partes más de 2,5 kilómetros, cuando en lo general es de un centenar de metros a partir del mar”, criticaba el entonces alcalde, Juan Pedro Hernández.
Además de presentar ese recurso, que aún está pendiente de sentencia, en mayo de 2011 el pleno del Ayuntamiento de Teguise también aprobó por unanimidad un rechazo institucional contra el deslinde. Lo mismo hizo un año después el Parlamento de Canarias, que aprobó también por unanimidad una Proposición No de Ley (PNL) para que el Gobierno de Canarias instara al Gobierno del Estado a que anule ese deslinde del tramo Los Dises (Caleta de Caballo)-Caleta de La Villa, de unos 16.026 metros de longitud, "y se proyecte un nuevo deslinde con unos criterios más razonables".
http://www.lavozdelanzarote.com/article76984.html
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