El Ejecutivo entiende que existen al menos cuatro aspectos concretos que podrían ir en contra de lo dispuesto en la Carta Magna
El Consejo de Gobierno ha acordado interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1998, de 28 de julio, de Costas.
El Gobierno entiende que existen al menos cuatro aspectos concretos que podrían ir en contra de lo dispuesto en la Carta Magna. En primer lugar, el apartado 38, del artículo primero de la norma supondría una clara vulneración de la autonomía local, ya que el texto dice que "la Administración General del Estado podrá suspender en vía administrativa los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo-terrestre o de la servidumbre de protección."
De este modo, el Ejecutivo regional cree que la capacidad para anular decisiones municipales corresponde sólo a los Tribunales de Justicia, por lo que se estaría otorgando a los delegados y delegadas del Gobierno un poder de decisión y control sobre la autonomía municipal, acto que vulneraría el actual reparto competencial.
Así, otro motivo la vulneración por parte de la Ley del principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la Justicia, donde el texto legislativo establece hasta doce núcleos peninsulares que son catalogados como excepciones en la obligación que tiene el Estado para la protección del dominio público marítimo-terrestre.
En la misma línea, en su disposición adicional séptima, esta norma considera que "los terrenos en los que se asientan dichos núcleos, no son necesarios para la protección o utilización del dominio público", y que "se trata de áreas de viviendas históricamente consolidadas y altamente antropizados".
Por estos motivos, la Administración autonómica entiende hay numerosos núcleos en las Islas se encuentran en esas circunstancias, los cuales cuentan con un alto valor etnográfico que no han sido tenidas en cuenta en la Ley, por lo que se produce un trato discriminatorio e inconstitucional hacia las Islas.
Asimismo, esta norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado día 30 de mayo, establece en el apartado 12 que se desarrollará un reglamento con el régimen de ocupación y uso de las playas y que "podrá autorizarse la celebración de aquellos eventos de interés general con repercusión turística".
El Consejo ha considerado que supone un factor más para respaldar la presentación del recurso de inconstitucionalidad por invasión de las competencias autonómicas, al arrogarse facultades de ordenación en playas y zonas de servidumbre de protección, que corresponden exclusivamente a las Comunidades Autónomas, mientras que el Estado sólo puede fijar unos máximos y mínimos para el uso de dichas zonas.
La disposición transitoria primera de la Ley impone a las autoridades con competencias en la clasificación del suelo, la obligación de remitir en tres meses un informe de todos los núcleos situados en zona de servidumbre de protección y que se pretenda clasificar como urbanos o se clasificasen como tales con posterioridad a la Ley de Costas de 1988.
Este hecho supone la retroactividad de la Ley, puesto que obliga volver a demostrar que son urbanos terrenos que ya están clasificados como tales y dejar esa categorización a expensas de lo que decida el Ministerio de Medio Ambiente ¿eso sí, en un plazo de 18 meses, 6 veces más largo que el otorgado para presentar los informes-.
Por último, el Ejecutivo ha considerado que este último punto no sólo es inconstitucional por su retroactividad, sino que además tendrá efectos nefastos, que podrían dar lugar a responsabilidad patrimonial por parte de las administraciones, si el Ministerio entiende que núcleos considerados urbanos y que, por tanto, tienen el deslinde establecido a veinte metros del dominio público, no lo son en realidad, por lo que habría que incrementar la zona de servidumbre hasta los cien metros que fija la Ley
http://www.laopinion.es/canarias/2013/08/01/gobierno-recurre-constitucional-ley-costas/490610.html
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