Nuestros pueblos costeros.Canarias

Nuestros pueblos costeros.Canarias
Cho Vito, década de los 60

lunes, 13 de mayo de 2013

NOTA DE PRENSA DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, EL MISMO DÍA DE LA APROBACIÓN DE LA REFORMA DE LA LEY DE COSTAS.


 EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, RECONOCE LA CONFISCACIÓN DE VIVIENDAS DURANTE 25 AÑOS EN ESPAÑA.



LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN Y USO SOSTENIBLE DEL LITORAL Y DE MODIFICACIÓN DE LA LEY


22/1988, DE 28 DE JULIO DE COSTAS





La nueva Ley de Costas, basada en el sentido común,??? la racionalidad??? y la solución de problemas históricos???, plantea tres grandes objetivos: la protección del medio ambiente litoral; la protección de los derechos de antiguos propietarios de viviendas y otros bienes; y la seguridad jurídica para las actividades económicas que sean sostenibles. S



1. Protección del medioambiente litoral. Manifestaciones en la Ley:



La ley impide nuevas edificaciones en la costa. Se prohíbe edificar en el Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT). Esta zona es la comprendida desde donde rompe una ola hasta donde empieza la Zona de Servidumbre de Protección (ZSP, mínimo 100 metros). En el DPMT se encuentran las playas y las dunas. Eso ya lo contemplaba la anterior ley



La reforma de la Ley prohíbe que las necesarias obras de mejora en los edificios existentes en la ZSP supongan cualquier aumento de volumen, altura o superficie. INCLUIDO EN LA ANTERIOR LEY.



Es decir, no se va a enladrillar la costa en ningún caso. No se va a poder construir donde antes estaba prohibido construir.  IGUAL QUE LA ANTERIOR LEY.



Prohibición también de nuevas construcciones en los núcleos costeros que por ser materialmente urbanos en 1988, aunque no estuvieran clasificados como tales entonces, puedan tener una servidumbre de protección de 20 metros. En esos núcleos no se podrá construir.



Se exige la eficiencia energética y de ahorro de agua en las obras que se autorizan a realizar en los edificios en la costa.



Se prevé la suspensión por el Delegado del Gobierno de las actuaciones urbanísticas ilegales en la costa, para evitar que se vuelvan a dar situaciones como la de El Algarrobico. El Delegado del Gobierno tendrá potestad de parar de forma cautelar cualquier obra antes de que se empiece a construir. Es una novedad, conocida como la “Cláusula AntiAlbarrobicos”. La experiencia ha dejado claro que es mejor anticiparse a los problemas urbanísticos porque demolición y restauración posterior es muy complicada y costosa. ESTO QUITA COMPETENCIAS A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS



Se diferencian los tramos urbanos de las playas de los tramos naturales, incrementando la protección de los tramos naturales. En todo caso, sólo se admitirán los eventos en aquellas playas en las que se garantice su completa conservación medioambiental. Todo evento tendrá que tener un interés público y siempre se evaluará el impacto ambiental del evento antes de su autorización. EN LAS PLAYAS URBANAS, SIMPLEMENTE, NO EXISTE EL MEDIO AMBIENTE.



• Por primera vez, una Ley de Costas contempla los efectos del Cambio Climático en el litoral. La Ley prevé la elaboración de una estrategia para mitigar los efectos del cambio climático en la costa. El Ministerio deberá elaborar esta estrategia en el plazo de dos años.



• Se exige un informe ambiental para la prórroga y para las obras en concesiones de actividades potencialmente contaminantes.



2. Se incrementa la seguridad jurídica



• Comenzando por el alcance mismo del Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT):



-Mediante una más clara delimitación del alcance de los mayores temporales conocidos, mediante criterios técnicos, que se fijarán reglamentariamente; la situación de los terrenos inundados artificialmente; y concretando qué debe entenderse por playa, duna y otros elementos del dominio público.  AHORA EXISTEN DOS DEFINICIONES DE DOMINIO PUBLICO MARITIMO TERRESTEE, Y DOS DEFINICIONES DE PLAYAS,  FORMENTERA Y EL RESTO. ESTO ES SEGURIDAD JURIDICA.



-Mediante exclusiones puntuales del DPMT: ciertos núcleos de población históricamente consolidados y altamente antropizados; y determinadas salinas y cultivos marinos.



-Deslindes especiales: como los que afectan a paseos marítimos o a la isla de Formentera. TODO ES PURA ARBITRARIEDAD.



Se mejora la situación jurídica de los antiguos propietarios que se vieron despojados de sus bienes con la Ley de 1988. Se garantiza concesión a todos los titulares de bienes inscritos en el Registro de la propiedad, y además se amplía el plazo de las mismas en 75 años adicionales.



Esto no es privatizar el litoral. Es aclarar miles de situaciones injustas. se trata de proteger a los miles de ciudadanos que adquirieron legitimamente una vivienda y se vieron después desposeídos de ella. CON ESTO ÚLTIMO, EL ESTADO ESPAÑOL. RECONOCE EXPLICITAMENTE, QUE LLEVA CONFISCANDO, QUITANDO CON VIOLENCIA, PROPIEDADES LEGALES DURANTE 25 AÑOS.



• Se garantiza la información a los ciudadanos sobre sus propiedades y otros derechos: se trata de que ningún ciudadano pueda adquirir nunca más una vivienda u otro bien en la costa y descubrir después que no le pertenece porque es DPMT. Para ello, (novedad) se obliga a inscribir los bienes de DPMT en el Registro de la Propiedad, y se asegura esta información a los interesados en caso de que se inicie un nuevo deslinde, desde el inicio del procedimiento. Además, se ofrecerá información gratuita a todos los ciudadanos vía Internet sobre las líneas de deslinde.



Se clarifica la situación de las urbanizaciones marítimo-terrestres, conciliando el carácter público de los canales y el acceso a los mismos, con las garantías de los propietarios de viviendas y de los estacionamientos náuticos privados, individuales o colectivos. URBANIZACIONES DE LUJO, CONSTRUIDAS, LA MAYORÍA DESPUES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE COSTAS. AHORA, ESTAN SALVADOS DE LA PIQUETA.



3. Se da también mayor seguridad a la actividad económica en la costa.



Se fomenta la actividad económica ordenada, sostenible y generadora de empleo. Pero hay que dejar bien claro que LO QUE ERA ILEGAL VA A SEGUIR SIENDO ILEGAL.



Se asegura la continuidad ordenada de las ocupaciones en el dominio público marítimo-terrestre, evitando el efecto 2018, es decir, las demoliciones masivas de industrias y viviendas; siempre con criterios medioambientales. Y LAS SENTENCIAS FIRMES HAY QUE CUMPLIRLAS, INCLUSO EN FORMENTERA.



• Para ello, prórroga de las concesiones que concluían en 2018 por un plazo de hasta 75 años (a concretar por el reglamento según usos). Muchas estaban avocadas a su inminente desaparición, con la consiguiente destrucción de empleo. Aunque no es una prórroga automática, sino sólo respecto de aquellas actividades de las que se acredite su sostenibilidad ambiental ().



• Se aumenta el plazo máximo de las nuevas concesiones a viviendas a 75 años.



• En cuanto a los CHIRINGUITOS, unos 3.000 en todo el litoral generando cerca de 50.000 empleos, se amplía la autorización de 1 a 4 años.



Con todo esto se persigue fomentar una actividad económica sostenible.



• Se permite la transmisión de los derechos de la concesión de viviendas, mortis causa e inter vivos (sometida a autorización).



Se protegen los bienes declarados de interés cultural para evitar su demolición. PERO NO EL USO HABITACIONAL DE LOS MISMOS



• Se regula mejor la Zona de Servidumbre de Protección:



-Adecuando su superficie a situaciones especiales: ciertos núcleos de población costeros que antes de 1988 reunieran las condiciones urbanísticas para ser urbanos, aunque entonces no estuvieran clasificados como tales (eso sí, dentro de estos núcleos se prohíbe construir en el futuro donde no se haya construido); márgenes de los ríos, tierra adentro, lejos de la desembocadura, según los criterios que se establezcan reglamentariamente. SOLARES DESAFECTADOS, NO PODRÁN SER CONSTRUIDOS.



-Se permiten las obras necesarias para la reparación y modernización de las instalaciones en esta zona, siempre que no impliquen incrementos en altura ni volumen.





Madrid, 08 de mayo de 2013

FUENTE. MINISTERIO MEDIO AMBIENTE.


SE LE OLVIDA DECIR, QUE CON ESTA REFORMA, LAS OBRAS, PASEOS, REPOSICIÓN DE ARENA,  ETC, TENDRÁN QUE PAGARLA LOS CIUDADANOS.
EL QUE QUIERA PLAYA, QUE LA PAGUE










No hay comentarios:

Publicar un comentario